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Lugar: La Falda, Córdoba, Argentina

El titular ha superado los 25 años en la actividad periodística, habiendo participado de los medios gráficos de la región, ha sido director de medios radiales y ha hecho televisión, fue corresponsal de La Voz del Interior.

jueves, 4 de octubre de 2012

Luis Kessler ratificó que entiende que el convenio de Cobro Extrajudicial de Deudas de Contribuyentes es ilegitimo

El abogado sostuvo que la ilegitimidad se produce cuando el municipio se arroga la facultad de imponer obligaciones al contribuyente y que el aval del Concejo Deliberante no deroga una norma general. En lo político, mantuvo que su respaldo al gobierno tiene límites y que nadie está pensando en 2015.

En diálogo con Mario Thibault y Nicolás Heredia, en el Programa Hablemos Claro, el ex Juez Federal y ex Concejal por la UCR faldense Luis Kessler, ratificó que, en su criterio, el convenio firmado entre la Municipalidad de La Falda y la empresa representada por Guillermo Barreiro, para la gestión extrajudicial de deudas morosas, es ilegitimo.
En la ocasión, Kessler mantuvo que “digo que es ilegitimo, porque al margen de los cuestionamientos que hizo el Tribunal de Cuentas, que aclaro no participé ni en una coma de eso, de cualquier manera lo comparto, pero no participé en nada en ese dictamen del Tribunal de Cuentas. Pero, la parte que me parece más importante de este cuestionamiento, la más grave de este contrato, es que la municipalidad le está estableciendo una obligación al vecino en mora, de pagarle a este Sr. Barreiro que no es un abogado. La municipalidad carece absolutamente de atribuciones para imponer una obligación. Las obligaciones están establecidas en el Código Civil, entonces el régimen de obligaciones no lo puede establecer la municipalidad a favor de un tercero. Esto es parecido a lo que ocurrió con la Carta Orgánica, la que dispuso que la prescripción de las deudas a favor de la municipalidad se producía a los 10 años, y eso no se pudo aplicar porque el Código Civil establece otra cosa, y no es competencia de la municipalidad establecer las prescripciones como no lo es establecer una obligación en favor de un tercero. Entonces, porque viola, en principio, la misma Constitución Nacional que otorga el artículo 75, atribuciones inciso 12, al Congreso de la Nación dictando Código Civil, Penal, de Minería y Comercial. Entonces, es absolutamente ilegitimo porque la municipalidad no puede dar esa facultad, no puede establecer esa obligación…porque no es su competencia…”.
Agregó que “con anterioridad el abogado que hacia la gestión extrajudicial podía cobrar hasta un diez por ciento y eso era admitido porque el Código Arancelario de la Provincia de Córdoba que regula todo lo concerniente a los aranceles de los abogados, le autoriza a cobrarle al deudor, pero a los abogados, así como autoriza a un médico a cobrar, pero no lo hace con un curandero…si hubiese sido abogado podría haberle cobrado al deudor, al no serlo carece absolutamente de facultades para hacerlo, eso es lo más grave. Ahora, viene lo otro, hay una ordenanza anterior, que es una norma general, que dice que para el cobro extrajudicial se requiere el título de abogado y tener cinco años de ejercicio de la profesión. Cuando se hace el convenio con este Sr. Barreiro se viola esa ordenanza, pasa al Concejo Deliberante y éste avala esa ordenanza en violación”.
Cuando se le planteó el principio de que una nueva ordenanza deroga la anterior, sostuvo que “ese principio no es absoluto. Esta es una norma general, me refiero a la anterior que determinaba lo que se requería. Lo que debió hacerse fue derogar esa ordenanza, sacar la exigencia de que tiene que ser abogado y recién sancionar la nueva, porque sería un caso que ya he comentado, en este momento hay una ordenanza de contrataciones en la que se establece que el Intendente puede contratar hasta $50.000 en forma directa, si mañana el Intendente compra una máquina de $ 300.000 la envía al Concejo y éste le avala esa compra, qué pasa, el régimen de contratación ha quedado derogado, todos sabemos que no, no se podrá decir que por haber sido avalado de ahí en más podrá comprar por contratación directa hasta $ 300.000. Este es el caso, en una norma individual de exclusivo alcance, el aval al contrato no modifica lo anterior, digamos que formalmente está mal hecha, esa es la observación que hace el Tribunal de Cuentas y que me parece que es correcta. Si vamos a los otros aspectos, decimos que este gestor tiene beneficios exorbitantes, le paga un 12% el deudor más un 4% que le paga el municipio, o sea un 16% por el cobro extrajudicial, mandarás un par de cartas como se acostumbra, la primera dice extrajudicial, la segunda último aviso, si viene la gente paga el 16%, pero si fracasa en su gestión la municipalidad le da el caso a un abogado, éste hace el juicio, y el gestor que fracasó cobra un 12%, lo que sería por encima de lo que cobraría el abogado que en estos juicios de organismos oficiales tienen índices bajos. Las obligaciones son de resultados y de medios, una obligación de medio típica es la del médico, el que atiende un paciente y aunque no lo cure el paciente debe pagarle; la generalidad de las obligaciones son de resultado, cuando alguien fracasa en su servicio o tarea no cobra, y en este caso si el gestor fracasó no tiene porqué cobrar ese 12% que sale del erario municipal y no se sabe por qué va a pagarlo, porque el gestor nada tiene que ver con esos juicios. Este convenio tiene fallas de forma, de fondo, este abuso por el cual se paga con exceso a esta persona, más allá de algunos detalles como que el contrato se renueva automáticamente si las partes con dos meses de anterioridad no le envían al otro contratante la comunicación de que no se renueva, y esto fenecería unos días antes de un cambio de gobierno, o sea que le podrían dejar semejante clavo al próximo gobierno…son detalles, como lo es el que se fije la jurisdicción de los tribunales de Córdoba, cuando las dos partes, la municipalidad y éste Barreiro tienen domicilio acá, en la jurisdicción de Cosquín, el contrato se hace acá, en jurisdicción de Cosquín, por qué la competencia de la ciudad de Córdoba…una cosa que sorprende, es rara, curiosa, por eso, son demasiados los defectos…insisto, lo avale quien lo avale este contrato seguirá siendo ilegitimo…”.
En relación a los intereses políticos que manifestó el intendente Eduardo Arduh tenían quienes discutían el convenio, apuntó que “el Intendente dijo que quienes se oponen a este contrato lo hacen por una motivación política, me hizo acordar a Cristina Kirchner, porque ella dice que los que se oponen a lo que ella piensa son destituyentes…recordemos los silogismos de la época de estudiantes, si se dice todos los que se oponen a este contrato es porque tienen una razón política, como yo me opongo a este contrato, tengo motivación política, por tanto me siento aludido, y que me atribuyan motivación política interna me parece una cosa descabellada. He participado de una comida, de un pollo al disco exquisito, me invitaron y fui, cuando vuelvan a hacerlo concurriré y lo haré todas las veces que quiera. Me considero una persona libre y que responde a sus condiciones, y por supuesto que no voy a dejar de ir porque le moleste a alguien, de eso que no queden dudas, lo grave de decir esas cosas, es que a lo mejor hay mucha gente que trabaja en la municipalidad, depende del sueldo y a lo mejor le gustaría participar de esas reuniones y no lo hacen porque ponen en juego su trabajo. Entonces, es grave ese comentario. Son radicales los que se reúnen, puede ir el Intendente, lo digo con la mejor onda, creo ser amigo del Intendente, y de los que no soy amigo no soy enemigo, además no es una reunión política de discursos, es un grupo que se reúne en la casa de un amigo y se pasa una velada hermosa…nadie esta pensando en 2015, por favor. Me opongo a esto porque me parece grave y porque lo relacionó con el caso de Piñeiro, que está preso, porque Piñeiro también tomó este tema que es uno de los que produce mayores recursos por el tema de las cobranzas, este es un negocio muy apetecido y no me extrañaría, no lo tengo seguro, pero si es cierto que esto se está instrumentando en Villa Giardino, Capilla del Monte y Cruz del Eje, indudablemente aquí hay algo de arriba que está disponiendo la cosa. Entonces, digo que la aceptación y mi apoyo al gobierno no cambia con esto, pero tiene su límite, en este caso enfáticamente me opongo, hay otras cosas que ha hecho el gobierno con las que no he estado de acuerdo, pero, esta bien, las hace el gobierno, pienso distinto pero no salgo al cruce, en este caso hago resistencia porque me afecta como vecino de La Falda”.
Finalmente, lamentó no poder haber debatido con el Asesor Letrado los alcances del convenio y las razones de su oposición, “hubiese sido esclarecedor” precisó.

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