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Lugar: La Falda, Córdoba, Argentina

El titular ha superado los 25 años en la actividad periodística, habiendo participado de los medios gráficos de la región, ha sido director de medios radiales y ha hecho televisión, fue corresponsal de La Voz del Interior.

jueves, 9 de agosto de 2012

Código de Faltas Provincial

Un Debate Urgente y Necesario

cotyleiva@yahoo.com.ar


En ediciones pasadas del semanario Ecos de Punilla, hemos tratado, desde este espacio periodístico, la necesidad de rever en forma urgente la aplicación del "Código de Faltas Policial", que desde hace años viene siendo cuestionado desde distintos sectores de la sociedad.

Los últimos acontecimientos policiales sucedidos en nuestra ciudad, ponen sobre el tapete -nuevamente- el desconocimiento de la población sobre los derechos que la asisten ante una detención, sea ésta arbitraria o de plena justificación legal. También queda claro, que nadie conoce los artículos del Código de Faltas, que la policía cordobesa esgrime como argumento para la detención en la vía pública.
El Código de Faltas, es una Ley de nuestra provincia, aprobada por la Legislatura con el número 8431. Esta Ley autoriza a la Policía a detener personas, argumentando algunos de sus artículos. Visto así, el policía tiene derecho a la detención, pero en realidad y de acuerdo a lo manifestado por distintos sectores de la sociedad, no corresponde, porque el Código es inconstitucional. Es decir, se afirma, que va en contra de derechos asegurados en la Constitución Nacional y que no debería mantenerse como Ley Provincial.
Y se afirma que es inconstitucional, porque el procedimiento del Código de Faltas, viola derechos constitucionales de defensa y de acceso a la Justicia. Según la Constitución solamente un Juez "independiente" e "imparcial" puede resolver sobre los derechos y la libertad. Pero en el Código de Faltas o de Contravención, la condena es dictada por el Jefe de Policía que a la vez depende del gobernador. Es decir, el mismo que detiene, es el mismo que acusa y dicta sentencia, porque según su artículo 15, "no es necesario" tener abogado. Y esto, se afirma, es una puerta abierta a los abusos policiales que son de público conocimiento.
Como podemos apreciar, no tan sólo su procedimiento, sino también muchos de sus artículos son cuestionados desde distintos sectores de la sociedad. Hay quiénes directamente van por la abolición total del Código de Faltas, por estar viciado de arbitrariedades y atenta contra la división de poderes.

Analizar el Código de Faltas y debatir su aplicación o no en nuestra provincia, es una tarea absolutamente de todos. Para ello, estamos trabajando desde nuestro espacio de compromiso social y periodístico.
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