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Lugar: La Falda, Córdoba, Argentina

El titular ha superado los 25 años en la actividad periodística, habiendo participado de los medios gráficos de la región, ha sido director de medios radiales y ha hecho televisión, fue corresponsal de La Voz del Interior.

jueves, 20 de mayo de 2010

Probaron que Lumasa contraviene el cobro de boletos escolares y elevan el caso al Tribunal de Faltas para su sanción

El Concejo Deliberante faldense decidió elevar una resolución al Intendente Marcos Sestopal para que éste la traslade al Tribunal de Faltas, a los fines de que se sancione a la empresa Lumasa por cobrar en forma indebida el boleto escolar y haber falseado la información requerida por el Cuerpo oportunamente.

El bloque de Concejales de la UCR y Partido Nuevo de La Falda probaron que la empresa Lumasa, prestataria del servicio de transporte urbano en el centro del Valle de Punilla, contraviene el contrato de concesión cobrando por encima de lo estipulado el abono escolar. La presentación realizada a través de un Proyecto de Resolución, que fue aprobado con modificaciones, señala que “Visto: Los términos del contrato de concesión para la prestación del servicio público de transporte urbano de pasajeros suscripto entre las municipalidades concedentes y la empresa Lumasa S.A.
Y Considerando: que conforme surge de la constancia aportada por el Bloque UCR – PN y el informe enviado por la concesionaria, habría ésta infringido la cláusula décima de dicho contrato en cuanto se obliga a implementar un sistema de boleto escolar cuyo valor no podrá ser superior al 33% del valor de la tarifa general vigente, como asimismo habría también infringido la cláusula once apartado 9.2 al enviar una información en principio incorrecta a este cuerpo, todo lo cual impone la sanción prevista en dicha normativa y conminar al infractor a restituir a los usuarios afectados los importes percibidos indebidamente, y publicitar en las unidades que podrán pasar por sus oficinas a cobrar dichos importes.
Por todo ello, el Concejo Deliberante de la ciudad de La Falda Resuelve: Art. 1 – Remitir al Señor Intendente Municipal la documentación referenciada a losd efectos que proceda a enviarla al Tribunal de Faltas Municipal, con copia de la presente resolución, a los fines de que dicho Tribunal dicte las sanciones que estime corresponder.
Art. 2 – El Poder Ejecutivo intimará a la empresa a dar inmediato cumplimiento a lo dispuesto en la citada cláusula décima respecto al boleto escolar, bajo apercibimiento de lo dispuesto en la cláusula once, punto 14”.
Cabe consignar que los ediles de la oposición acompañaron la presentación con un ticket que prueba que el boleto escolar se esta cobrando por encima de lo estipulado, es aquí donde se asienta la violación a la cláusula 11 apartado 9.2, refiriéndose a la respuesta que habría concretado Lumasa manifestando que el cobro del boleto escolar era el que correspondía. Sobre el particular, el convenio sostiene que “La presentación de datos u otros elementos falsos o incorrectos, será penada con la multa de hasta Veinte Mil (20.000) Unidades Económicas de Viaje, sin perjuicio de las demás penalidades que pudieren corresponder”. Lo que significaría una sanción económica del orden de los $40.000. En tanto, lo dispuesto en la cláusula 11.14 mantiene que “En el caso de infracciones de carácter permanente, el Concesionario deberá subsanarlas o hacerlas desaparecer dentro del plazo que a tal fin le fije la Municipalidad de la Ciudad de La Falda, vencido el cual, si subsistiera, se considerarán a los fines punitivos como un hecho nuevo”.
Los ediles de la oposición evaluaron que el cobro indebido de alrededor de 34 centavos por boleto, representa una importantísima cifra, que se estimó en miles de pesos en forma anual, considerando la magnitud de la matricula escolar de la región, la que en un alto porcentaje utiliza el servicio de Lumasa.
Durante el tratamiento del proyecto en cuestión, el oficialismo, a través del Concejal Pedro Agost, pidió la modificación del proyecto original, llevando la solicitud de “conminar al infractor a restituir a los usuarios afectados los importes percibidos indebidamente, y publicitar en las unidades que podrán pasar por sus oficinas a cobrar dichos importes” a que fuese parte de los considerandos y no mantenerlo en la parte resolutiva del documento. La razón esgrimida fue de que existiría “inducción al tribunal de Faltas con la conminación de que se les devuelva a los usuarios lo que corresponde. Eso debe determinarlo el Tribunal de Faltas si corresponde o no”. La respuesta de la oposición estuvo centrada en sostener que no inducia, sino que evaluaba el caso a la luz de lo mantenido en el convenio oportunamente firmado y en la búsqueda de “defender los intereses de la gente que ha pagado de más”. También el oficialismo mantuvo que “debemos tener en consideración, sin importar de la empresa que se trate, de que tenemos un transporte público de pasajeros excelente…uno de los mejores de la provincia, que esta sirviendo a nuestros intereses, y que un acontecimiento de esta naturaleza, muy grande, no puede, de alguna manera, quebrantar el servicio. Bueno, digamos, detectamos la irregularidad y de acá nunca más, pero si hablamos de una multa y encima de la devolución de una cifra importante, me parece excesivo”. La oposición no compartió el criterio, pero aceptó que el párrafo fuese incluido en los considerandos. De esta manera, el proyecto fue aprobado con siete votos a favor, siendo el único negativo el de la Concejal Susana Tuzzio.

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