La Justicia Federal inició la investigación por los módulos alimentarios del programa “El hambre más urgente” que no habrían sido entregados en La Fal
El Juzgado Federal donde la Concejal Ana Nieto radicó la denuncia, por las supuestas irregularidades que funcionarios municipales habrían cometido al no entregar en tiempo y forma módulos alimentarios a beneficiarios de escasos recursos, inició la investigación pertinente, exigiendo la ratificación de lo denunciado y tomando el testimonio de Mario Thibault. Se adelantó que se indagará a Miriam Arnedo de Mendoza por ser la titular del área social al momento en que acaecieron los hechos investigados,
El Juzgado Federal Nº 3 a cargo de la Jueza Cristina Garzón de Lazcano, Fiscalía de la Dra. Graciela López de Filoñiuk, donde fuera radicada la denuncia concretada por la Concejal Ana Nieto en torno a las supuestas irregularidades en que habría incurrido el municipio de La Falda en la entrega de módulos alimentarios del Programa Nacional “El hambre más urgente”, inició, el viernes pasado, la correspondiente investigación de instrucción. En la oportunidad fueron citados la Concejal Nieto para ratificar el contenido de su denuncia y Mario Thibault quien investigó el tema e hizo público los alcances de ese trabajo a través de Ecos de Punilla.
Ratificación de la denuncia
La Concejal Nieto ratificó la denuncia en todos sus términos.
Cabe recordar que la misma señalaba que “…Que en su calidad de Miembro del Concejo Deliberante de la Municipalidad de La Falda, desde el mes Septiembre de 2007 y en virtud de lo establecido por los arts. 93, 94, 222 del Código Procesal Penal de la Nación viene por el presente, a DENUNCIAR la supuesta violación de los arts. 260 al 268 del Código Penal de la Nación, y a solicitar la consecuente investigación Fiscal de los delitos que se denuncian…lo concreto, lo puntual es que la cantidad de dos mil novecientos setenta y cinco (2.975) módulos nunca fueron entregados a sus beneficiarios, habiéndose librado ordenes de compra, facturas y ordenes de pago por la suma de pesos Ochenta y Nueve Mil Doscientos Cincuenta ($ 89.250) …Nunca llegaron a los beneficiarios los módulos de los meses de Julio, Agosto y Septiembre de 2008 y aquí se constituiría en principio el delito contemplado en el art. 260, 261 y 262 del CPN…”. (Los puntos centrales de esa denuncia se encuentran publicados en la edición Nº 341 de Ecos de Punilla).
Testimonial de Thibault
Concluido el trámite anterior, la fiscalía inició el trabajo de investigación tomando el testimonio de Thibault. El que, en su programa Hablemos Claro, del sábado último, informó que “la requisitoria se concretó por el término de dos horas y ratifique todo lo habíamos denunciado en Ecos de Punilla, en cinco páginas. Estoy convencido de que he dejado en claro de que en este proceso, e interpreto que así lo entendió el entrevistador, las tres entregas de bolsones correspondientes a las facturas emitidas en Abril, junio y julio de 2008 nunca se entregaron…esta claro, cuando los bolsones que se entregan se hacen con el respaldo posterior de una nueva factura, o sea que se hace entrega de nuevos bolsones, pero no los correspondientes a aquellas facturaciones…”. Posteriormente señaló que “tengo la certeza, el convencimiento, de la existencia del delito, cuando digo: siempre se le compraba a Masabores y este entregaba puntualmente, cobrando después…la última entrega de bolsones fue en Agosto y Masabores cobró en diciembre…luego cuando aparece el nuevo proveedor, GMC, Gustavo Marcelo Correa, quien, de acuerdo a como está instrumentado el tema, cobra por adelantado. Cobra por adelantado tres entregas y después continúa cobrando las entregas que realmente se efectivizan…todas las entregas de bolsones las hizo la, por entonces, Directora de Acción Social Miriam Arnedo de Mendoza, la que sostiene que la última entrega se hizo en agosto de 2008 y que en la transición con el cambio de sistema a Tarjeta Social nunca se entregaron los bolsones correspondientes a los meses cuestionados…ella está convencida de esto, también los beneficiarios que han testimoniado…y finalmente, lo que llamo confesión de parte, que es que cuando se dio a conocer públicamente el tema apareció la entrega desesperada, desprolija, abrupta distribución de bolsones, el 2, 6 y 7 de octubre, más que desprolija diría, porque hay quienes firman por tres bolsones y reciben dos y en algunos casos uno…el municipio lo hace, pero con factura nueva, esto es prácticamente la confesión de que aquellas tres entregas nunca existieron…”.
También comentó que el investigador sostuvo que “indefectiblemente, porque los hechos se habrían suscitado dentro del período en que ella revistaba como Directora de Acción Social, sería citada a indagación Miriam Arnedo de Mendoza, lo que, en principio, supondría la posible participación en el delito”. Sobre lo que agregó que “como periodista no la creo participe, pero la Justicia aparentemente busca profundizar para establecer con claridad las responsabilidades que a los involucrados compete, incluyendo que, en principio, se interrogan sobre cómo pasó esto de los bolsones sin que ella se enterase, es decir, hablan de omisión o negligencia, ya tendrá la posibilidad de esclarecerlo…”.
Otro de los temas que volcó fue lo dialogado sobre la competencia de la Justicia Federal en el caso, informando que el funcionario judicial sostuvo que “vamos a defender la competencia, aunque hay algún antecedente o jurisprudencia de que cuando la gestión es conjunta entre el nivel nacional, provincial y municipal se puede llegar a declarar la incompetencia”. Interpretando que “aunque este no sería el caso porque los fondos son girados por la nación en forma directa, los treinta pesos eran enviados por la nación únicamente…”.
Recuadro
Los alcances penales
De acuerdo con la denuncia efectuada por la Concejal Ana Nieto, en caso de ser considerados culpables a los funcionarios que puedan haber estado involucrados en los hechos que se investigan podrían caberles las siguientes sanciones penales: Art. 260: Será reprimido con inhabilitación especial de un mes a tres años, el funcionario publico que diera a los caudales o efectos que administrare una aplicación diferente de aquella a que estuvieren destinados. Si de ello resultare daño o entorpecimiento del servicio a que estuvieren destinados, se impondrá además al culpable, multa del veinte al cincuenta por ciento de la cantidad distraída.
Art. 261: Será reprimido con reclusión o prisión de dos a diez años e inhabilitación absoluta perpetua, el funcionario publico que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo. Será reprimido con la misma pena el funcionario que empleare en provecho propio o de un tercero, trabajos o servicios pagados por una administración pública. (Nota: texto conforme ley Nº 16.648).
Art. 262: Será reprimido con multa del veinte al sesenta por ciento del valor sustraído, el funcionario publico que, por imprudencia o negligencia o por inobservancia de los reglamentos o deberes de su cargo, diere ocasión a que se efectuare por otra persona la sustracción de caudales o efectos de que se trata en el articulo anterior.
Recuadro
Sensación positiva
La primera sensación positiva que deja la noticia de que la Justicia Federal ha ingresado en la investigación de las supuestas irregularidades que se habrían cometido en el municipio de La Falda en la no entrega de los módulos alimentarios, correspondientes a los meses de julio, agosto y setiembre de 2008, a los, casi mil, beneficiarios del Programa “El hambre más urgente”, es la de que por primera vez los reclamos que se elevan a estrados judiciales se escuchan y se califican como probables delitos y no como confrontación político partidaria.
Esto, de por si, es bueno.
También lo es, la visión del investigador judicial que más allá de interiorizarse que quien dio origen a la investigación periodística, no es otra que la funcionaria que se desempeñaba como Directora de Acción Social al momento en que se habrían producido los hechos investigados, adelanta que la hará comparecer para indagarla con el objeto de establecer las responsabilidades legales que pudiesen caberle y por ende a la superioridad de donde emanaban las directivas que debía cumplir. Lo que nos anticipa que es probable de que aún desconozcamos alguna parte de la trama de lo acaecido y que la investigación judicial llevará al conocimiento público.
Reitero, todo un hecho positivo, al que hay que agregar la voluntad de esclarecimiento público de la Tribuno Nora Piaggio aportando la documentación relativa a las facturaciones de lo que no habría sido entregado, al trabajo periodístico de Mario Thibault recopilando esa información y dándola a conocer a través de este medio, y a la férrea decisión de la Concejal Ana Nieto que llevó la causa a este estadio investigativo.
Sólo estamos en las instancias iniciales de la investigación judicial, de ahora en más vendrán las indagatorias y tras ello la decisión de elevar, o no, a proceso la causa. También definir la competencia, que esperemos sea la de la Justicia Federal, porque precisamente es el ámbito que está aportando esta sensación positiva.
Es de esperar que los involucrados puedan justificar sus actos y en consecuencia no deban sufrir, todos los faldenses, la vergüenza de ver sancionados a aquellos que eligieron para conducir los destinos de la ciudad.
N.H.
El Juzgado Federal Nº 3 a cargo de la Jueza Cristina Garzón de Lazcano, Fiscalía de la Dra. Graciela López de Filoñiuk, donde fuera radicada la denuncia concretada por la Concejal Ana Nieto en torno a las supuestas irregularidades en que habría incurrido el municipio de La Falda en la entrega de módulos alimentarios del Programa Nacional “El hambre más urgente”, inició, el viernes pasado, la correspondiente investigación de instrucción. En la oportunidad fueron citados la Concejal Nieto para ratificar el contenido de su denuncia y Mario Thibault quien investigó el tema e hizo público los alcances de ese trabajo a través de Ecos de Punilla.
Ratificación de la denuncia
La Concejal Nieto ratificó la denuncia en todos sus términos.
Cabe recordar que la misma señalaba que “…Que en su calidad de Miembro del Concejo Deliberante de la Municipalidad de La Falda, desde el mes Septiembre de 2007 y en virtud de lo establecido por los arts. 93, 94, 222 del Código Procesal Penal de la Nación viene por el presente, a DENUNCIAR la supuesta violación de los arts. 260 al 268 del Código Penal de la Nación, y a solicitar la consecuente investigación Fiscal de los delitos que se denuncian…lo concreto, lo puntual es que la cantidad de dos mil novecientos setenta y cinco (2.975) módulos nunca fueron entregados a sus beneficiarios, habiéndose librado ordenes de compra, facturas y ordenes de pago por la suma de pesos Ochenta y Nueve Mil Doscientos Cincuenta ($ 89.250) …Nunca llegaron a los beneficiarios los módulos de los meses de Julio, Agosto y Septiembre de 2008 y aquí se constituiría en principio el delito contemplado en el art. 260, 261 y 262 del CPN…”. (Los puntos centrales de esa denuncia se encuentran publicados en la edición Nº 341 de Ecos de Punilla).
Testimonial de Thibault
Concluido el trámite anterior, la fiscalía inició el trabajo de investigación tomando el testimonio de Thibault. El que, en su programa Hablemos Claro, del sábado último, informó que “la requisitoria se concretó por el término de dos horas y ratifique todo lo habíamos denunciado en Ecos de Punilla, en cinco páginas. Estoy convencido de que he dejado en claro de que en este proceso, e interpreto que así lo entendió el entrevistador, las tres entregas de bolsones correspondientes a las facturas emitidas en Abril, junio y julio de 2008 nunca se entregaron…esta claro, cuando los bolsones que se entregan se hacen con el respaldo posterior de una nueva factura, o sea que se hace entrega de nuevos bolsones, pero no los correspondientes a aquellas facturaciones…”. Posteriormente señaló que “tengo la certeza, el convencimiento, de la existencia del delito, cuando digo: siempre se le compraba a Masabores y este entregaba puntualmente, cobrando después…la última entrega de bolsones fue en Agosto y Masabores cobró en diciembre…luego cuando aparece el nuevo proveedor, GMC, Gustavo Marcelo Correa, quien, de acuerdo a como está instrumentado el tema, cobra por adelantado. Cobra por adelantado tres entregas y después continúa cobrando las entregas que realmente se efectivizan…todas las entregas de bolsones las hizo la, por entonces, Directora de Acción Social Miriam Arnedo de Mendoza, la que sostiene que la última entrega se hizo en agosto de 2008 y que en la transición con el cambio de sistema a Tarjeta Social nunca se entregaron los bolsones correspondientes a los meses cuestionados…ella está convencida de esto, también los beneficiarios que han testimoniado…y finalmente, lo que llamo confesión de parte, que es que cuando se dio a conocer públicamente el tema apareció la entrega desesperada, desprolija, abrupta distribución de bolsones, el 2, 6 y 7 de octubre, más que desprolija diría, porque hay quienes firman por tres bolsones y reciben dos y en algunos casos uno…el municipio lo hace, pero con factura nueva, esto es prácticamente la confesión de que aquellas tres entregas nunca existieron…”.
También comentó que el investigador sostuvo que “indefectiblemente, porque los hechos se habrían suscitado dentro del período en que ella revistaba como Directora de Acción Social, sería citada a indagación Miriam Arnedo de Mendoza, lo que, en principio, supondría la posible participación en el delito”. Sobre lo que agregó que “como periodista no la creo participe, pero la Justicia aparentemente busca profundizar para establecer con claridad las responsabilidades que a los involucrados compete, incluyendo que, en principio, se interrogan sobre cómo pasó esto de los bolsones sin que ella se enterase, es decir, hablan de omisión o negligencia, ya tendrá la posibilidad de esclarecerlo…”.
Otro de los temas que volcó fue lo dialogado sobre la competencia de la Justicia Federal en el caso, informando que el funcionario judicial sostuvo que “vamos a defender la competencia, aunque hay algún antecedente o jurisprudencia de que cuando la gestión es conjunta entre el nivel nacional, provincial y municipal se puede llegar a declarar la incompetencia”. Interpretando que “aunque este no sería el caso porque los fondos son girados por la nación en forma directa, los treinta pesos eran enviados por la nación únicamente…”.
Recuadro
Los alcances penales
De acuerdo con la denuncia efectuada por la Concejal Ana Nieto, en caso de ser considerados culpables a los funcionarios que puedan haber estado involucrados en los hechos que se investigan podrían caberles las siguientes sanciones penales: Art. 260: Será reprimido con inhabilitación especial de un mes a tres años, el funcionario publico que diera a los caudales o efectos que administrare una aplicación diferente de aquella a que estuvieren destinados. Si de ello resultare daño o entorpecimiento del servicio a que estuvieren destinados, se impondrá además al culpable, multa del veinte al cincuenta por ciento de la cantidad distraída.
Art. 261: Será reprimido con reclusión o prisión de dos a diez años e inhabilitación absoluta perpetua, el funcionario publico que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo. Será reprimido con la misma pena el funcionario que empleare en provecho propio o de un tercero, trabajos o servicios pagados por una administración pública. (Nota: texto conforme ley Nº 16.648).
Art. 262: Será reprimido con multa del veinte al sesenta por ciento del valor sustraído, el funcionario publico que, por imprudencia o negligencia o por inobservancia de los reglamentos o deberes de su cargo, diere ocasión a que se efectuare por otra persona la sustracción de caudales o efectos de que se trata en el articulo anterior.
Recuadro
Sensación positiva
La primera sensación positiva que deja la noticia de que la Justicia Federal ha ingresado en la investigación de las supuestas irregularidades que se habrían cometido en el municipio de La Falda en la no entrega de los módulos alimentarios, correspondientes a los meses de julio, agosto y setiembre de 2008, a los, casi mil, beneficiarios del Programa “El hambre más urgente”, es la de que por primera vez los reclamos que se elevan a estrados judiciales se escuchan y se califican como probables delitos y no como confrontación político partidaria.
Esto, de por si, es bueno.
También lo es, la visión del investigador judicial que más allá de interiorizarse que quien dio origen a la investigación periodística, no es otra que la funcionaria que se desempeñaba como Directora de Acción Social al momento en que se habrían producido los hechos investigados, adelanta que la hará comparecer para indagarla con el objeto de establecer las responsabilidades legales que pudiesen caberle y por ende a la superioridad de donde emanaban las directivas que debía cumplir. Lo que nos anticipa que es probable de que aún desconozcamos alguna parte de la trama de lo acaecido y que la investigación judicial llevará al conocimiento público.
Reitero, todo un hecho positivo, al que hay que agregar la voluntad de esclarecimiento público de la Tribuno Nora Piaggio aportando la documentación relativa a las facturaciones de lo que no habría sido entregado, al trabajo periodístico de Mario Thibault recopilando esa información y dándola a conocer a través de este medio, y a la férrea decisión de la Concejal Ana Nieto que llevó la causa a este estadio investigativo.
Sólo estamos en las instancias iniciales de la investigación judicial, de ahora en más vendrán las indagatorias y tras ello la decisión de elevar, o no, a proceso la causa. También definir la competencia, que esperemos sea la de la Justicia Federal, porque precisamente es el ámbito que está aportando esta sensación positiva.
Es de esperar que los involucrados puedan justificar sus actos y en consecuencia no deban sufrir, todos los faldenses, la vergüenza de ver sancionados a aquellos que eligieron para conducir los destinos de la ciudad.
N.H.
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