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Lugar: La Falda, Córdoba, Argentina

El titular ha superado los 25 años en la actividad periodística, habiendo participado de los medios gráficos de la región, ha sido director de medios radiales y ha hecho televisión, fue corresponsal de La Voz del Interior.

jueves, 25 de febrero de 2010

Piden Informe al Jefe de la Policía Provincial por supuestas irregularidades en el accionar de la Policía Caminera

El pedido de informe, en el marco de la Ley 8803, fue elevado por el Concejal faldense Luis kessler y trata de esclarecer situaciones que podrían considerarse anómalas en el accionar de la Policía Caminera.

El documento elevado al Jefe de Policía de la Provincia de Córdoba, Comisario General Daniel Alejo Paredes, manifiesta que “Luis Antonio Kessler, (DNI 6.504.366), abogado (MP 7.098), concejal de la ciudad de La Falda, domiciliado en Chacabuco 532 de dicha ciudad, me dirijo a Ud. a los efectos de solicitarle se sirva brindar la información requerida infra en mérito a lo siguiente:
Insistentes versiones difundidas en el Departamento Punilla dan cuenta que el personal policial que cumple tareas de control de automotores en las rutas provinciales, percibe remuneraciones o beneficios especiales como horas extras u otras, en proporción a las actas de infracción que labra.
Fortalece esa versión el riguroso y desconsiderado trato del frecuentemente bisoño personal para con los automovilistas, en especial contra desprevenidos turistas que visitan nuestro valle y que son las principales víctimas de ese maltrato, generándoles una pésima impresión con el consiguiente perjuicio para toda esta zona donde la principal actividad es precisamente el turismo.
Se ha verificado asimismo la circulación de automotores (un Dodge 1500 en varias oportunidades) circulando a mínima velocidad e inclusive deteniendo la marcha sobre la calzada en las cercanías de los controles policiales, lo que obliga al adelantamiento de los vehículos que le siguen para lo cual deben invadir la línea amarilla y cometer de ese modo una infracción provocada por la artera maniobra.
En mérito a ello, reclamo se sirva informar en el citado domicilio de Chacabuco 532 de la ciudad de La Falda, si son veraces las versiones de que el personal policial a cargo de controles en las rutas percibe beneficios económicos relacionados con el número de actas de infracciones que labra, caso afirmativo se adjunte copia de la norma legal o disposición por la que se emplea dicho sistema (art. 2). Este pedido de informe es formulado en los términos de la Ley 8803 (en función del art. 15 de la Constitución de la Provincia de Córdoba) por lo que solicito dar respuesta al mismo en un plazo no mayor a los diez días hábiles, bajo el apercibimiento previsto en el art. 8 de la mencionada ley”.

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