Nombre:
Lugar: La Falda, Córdoba, Argentina

El titular ha superado los 25 años en la actividad periodística, habiendo participado de los medios gráficos de la región, ha sido director de medios radiales y ha hecho televisión, fue corresponsal de La Voz del Interior.

lunes, 27 de octubre de 2014

La Junta Electoral de La Falda presentó el Cronograma Electoral para las elecciones municipales

La Junta Electoral Municipal La Falda informa que visto la convocatoria a elecciones municipales para el día 29 de marzo de 2015, convocada por el Poder Ejecutivo Municipal, y considerando que es necesario establecer el cronograma electoral que deberán cumplimentar los partidos políticos a efectos de la oficialización de sus respectivas listas de candidatos y todo lo inherente al acto electoral propiamente dicho, se resuelve el siguiente Cronograma electoral
Elecciones municipales de la ciudad de La Falda

Fecha Acto
1/10/14 Las novedades asentadas en el Registro Nacional de Estado Civil y Capacidades de las personas hasta esta fecha, deberán ser incluidas en el padrón definitivo electoral.
14/12/14 Elecciones internas abiertas y simultáneas de los Partidos Políticos que nominen candidatos para cargos electivos municipales (Art. 161 de la Carta Orgánica Municipal)
28/01/15 Vence el plazo para presentar alianzas electorales
07/02/15 Vence el plazo para presentar las listas de candidatos
17 al 19/02/15 Plazo para inscripción en el Registro de Electores Extranjeros
27/02/15 Publicación del Padrón Electoral Definitivo
27/02/15
16hs. Vence el plazo para la presentación de modelos de Boletas de Sufragio
27/02/15
19hs. Oficialización de modelos de Boletas de Sufragio
27/02/15
20hs. Designación y comunicación sobre los establecimientos escolares que estarán afectados al acto comicial y distribución de las mesas receptoras de votos.
09/03/15 Designación de autoridades de mesa
23/03/15
16a18hs. Presentación de nómina de fiscales partidarios
24/03/15
15 hs. Reunión con autoridades de mesa (lugar a designar)
29/03/15
08a18hs. Acto Comicial
31/03/15 Vence el plazo para la presentación de reclamos y protestas en contra del acto comicial
02/04/15 Inicio del escrutinio definitivo

En este contexto, vale consignar que la Junta Electoral ha concretado a la fecha tres resoluciones, la primera de ellas en su articulado determina que “Art. 1º) Establecer que la edad mínima para ejercer el derecho a sufragar en las próximas elecciones para autoridades municipales, convocadas para el día 29 de marzo de 2015 sea la de 18 años cumplidos hasta el día mismo de la elección.
Art. 2º) Utilizar como modalidad de sufragio para las elecciones municipales de la ciudad de La Falda del día 29 de marzo de 2015, el sistema previsto por el Código Electoral Nacional, Ley Nº 19.945 y sus modificatorias.
Art. 3º) Emplear para todo otro efecto relacionado con el proceso de elección de autoridades municipales de la ciudad de La Falda del día 29 de marzo del corriente año, lo establecido en el Código Electoral Provincial, Ley Nº 9.571”, la segunda que establece “Art 1º) Fijar el Cronograma Electoral previsto para la elección de autoridades municipales del próximo 29 de marzo de 2015, de acuerdo a lo establecido en el anexo 1 de la presente resolución
Art. 2º) Exhortar a las autoridades municipales a difundir masivamente a toda la población y por todos los medios de comunicación posibles el mencionado cronograma electoral
Art. 3º) Instar a las autoridades municipales a notificar de manera fehaciente a los partidos políticos con representación en la ciudad de La Falda acerca del cronograma electoral previsto y de la fecha establecida por el Poder Ejecutivo Municipal para la realización de las internas abiertas y simultáneas” y la tercera que impone “Art. 1º)Establecer que, en cumplimiento de la intervención prevista en el art. Nº 161 de la Carta Orgánica Municipal con relación a las internas abiertas convocadas mediante decreto municipal Nº 1450/14, la Junta Electoral Municipal receptará y elevará al Juzgado Electoral competente, los recursos y/o apelaciones que pudieran presentar las partes intervinientes y que demanden expresamente la elevación a esa instancia, una vez agotada la vía recursiva ante las respectivas Juntas electorales partidarias”.




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