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Lugar: La Falda, Córdoba, Argentina

El titular ha superado los 25 años en la actividad periodística, habiendo participado de los medios gráficos de la región, ha sido director de medios radiales y ha hecho televisión, fue corresponsal de La Voz del Interior.

jueves, 2 de mayo de 2013

El Consejo de la Ciudad sabe que no ha respetado la normativa vigente, pero, en forma obstinada, persiste con su irregular posicionamiento

Por estas horas, las versiones indican que integrantes del Consejo de la Ciudad consultarían a asesores legales para enfrentar la decisión adoptada por el Poder Ejecutivo de impugnar las modificaciones introducidas en el reglamento y considerar inválidos los actos concretados bajo ese instrumento, como así también buscarían el apoyo del bloque de concejales de Unión por Córdoba los que se han manifestado públicamente a su favor.

El Consejo de la Ciudad recibió en su último plenario el Decreto por el cual el Poder Ejecutivo municipal impugna las modificaciones introducidas en el reglamento interno y declara inválido todo acto efectuado bajo ese instrumento, no haciendo comentarios oficiales al respecto. En la oportunidad, se dio a conocer la respuesta que ese organismo realizó al requerimiento del Defensor del Vecino, se mantuvo que el mismo se elevaría también a los medios de comunicación, debemos decir que debe haber sido solo para alguno o algunos ya que en esta redacción no se recibió documento alguno. El contenido de ese documento, que ha continuación se difunde, es el resultado de lo emitido por la FM 105.3 llevado al texto, el que sostiene que “Este órgano realizó la reforma de varios artículos, entre los que se encuentran el número 4 sobre la no participación de los partidos políticos y el número 8 sobre la no participación de autoridades político partidarias durante el periodo electoral y mientras dure su mandato. Las mismas se realizaron de la siguiente manera, primero, en el plenario del día 13 de noviembre de 2012 se solicita a las instituciones presentar las propuestas de modificación al reglamento, en el plenario del día 20 de noviembre de 2012 se receptan las propuestas de las instituciones y se invita a todas a participar en el equipo de trabajo que prepararía las modificaciones en base a las propuestas receptadas, a realizarse el 27 de noviembre de 2012, del cual participaron ocho instituciones, que el espíritu de las reformas apuntó a salvaguardar la salud del Consejo que supimos mantener por cinco años. Ya que en el periodo del Señor Ottobre se disolvió al entrar los intereses políticos partidarios en el mismo, para constatar esto basta con consultarlo con el mismo ex Intendente. Que durante la intendencia del Dr. Sestopal este Consejo tambaleó y se produjo el retiro de diez consejeros cuando el Consejo objetara la presencia en el mismo de un consejero que trabajaba para el gobierno de turno, hecho este que también motivó su retiro voluntario, y que de no haber sido así, también se hubiera disuelto, sin que este hecho produjera reclamo alguno del Departamento Ejecutivo de turno. Que conformado nuestro Consejo en el periodo antes aludido, la actual Concejal Sra. Susana Ghilardi, quien representaba a una institución, que abandonó este Consejo por esa razón, y hoy nos cuestiona junto a su bloque esta medida. Que toda vez que un consejero decidiera trabajar en política partidaria hiciera un paso al costado en su participación a este Consejo, ejemplo de este pacto de caballeros, no escrito, fue cuando el Sr. Carlos Mendieta formó el Partido Vecinalista y fue candidato a intendente por el mismo, de motu proprio se retiró automáticamente como consejero del Barrio Santa Rosa. Que cada vez que los partidos políticos quisieron que nosotros los escucháramos tuvieron las puertas abiertas para hacerlo, ejemplo de ello es que nos visitaron seis partidos políticos durante el periodo previo a las elecciones 2010. Que nos pareció ecuánime que este Consejo sea el espacio donde se exprese el ciudadano común que más allá de los partidos políticos es el que vive en nuestra ciudad y por el que trabajamos desinteresadamente y es el que necesita de un órgano de debate participativo que se exprese a través de las instituciones o bien de manera particular pudiendo traer sus inquietudes y necesidades para poder ser escuchados. Que si de ley hablamos la Constitución Nacional reza en su artículo primero “la Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa, republicana y federal”, esto es que quienes gobiernan son representantes del pueblo y no los dueños de la verdad y que como representantes deben escuchar al pueblo y obrar en consecuencia y no repudiar sus opiniones como lo hizo el bloque oficialista de nuestro Honorable Consejo Deliberante. Que la Carta Orgánica Municipal en ningún momento hace mención expresa de los partidos políticos en este consejo, y tampoco la Ordenanza Nº 2146 en su artículo siguiente los nombra, como sí lo hace por ejemplo con los gremios, si los partidos políticos hubieran sido considerados lo hubieran manifestado expresamente. En cuanto a lo que el Centro Vecinal Villa Edén manifiesta, le decimos que por todo lo antes dicho este Consejo realizó las reformas aludidas y que en ningún momento discriminamos a esa institución, ya que la Junta Electoral le envió una nota manifestándole que podía votar y así se hizo a través de su consejero Sr. Faner, primer suplente al momento de la votación, en un acto eleccionario transparente y que el mismo Sr, Intendente presenció ya que se encontraba en el recinto. Que en el Plenario del día 19 de marzo, se dejó hablar al Presidente del Centro Vecinal Villa Edén, luego de producido el acto eleccionario que debía ser la única actividad del segundo plenario del Consejo de la Ciudad, y si antes de la elección se le pidió que esperara fue porque la Junta Electoral no tiene autoridad para decidir un debate o presentación, y en ese momento era quien presidia el plenario, hecho este avalado por las instituciones presentes que por mayoría resolvieron respaldar esta postura. Luego de producida la elección las autoridades permitieron la palabra al Sr. Intendente y al Sr. Presidente del Centro Vecinal Villa Edén. Que creemos que si hay discriminación, la primera discriminadora es la misma Ordenanza 2146 en su artículo tercero, ya que dice que no podrán ser consejeros quienes ocupen cargos en el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Tribunal de Cuentas, y nosotros nos preguntamos qué diferencia existe entre el oficialismo y el presidente de ese oficialismo. Antecedentes, como por ejemplo la Ordenanza 10713 de la ciudad de Córdoba avala nuestra postura ya que en su articulo 32 expresa es incompatible el desempeño de cargos de autoridad de Centro Vecinal con cargos político partidarios. Dicha incompatibilidad se refiere a cargos en partidos políticos y a cargos políticos electivos, en caso de sobrevenir algunas de estas causales las autoridades del centro vecinal involucradas deberá optar por el ejercicio como autoridad del centro vecinal o el del supuesto incompatible del que se trate. Que al enterarse la comisión coordinadora del año 2012 de la designación como presidente de la Unión Cívica Radical del consejero por Villa Edén y teniendo en cuenta la inexperiencia del mismo en cuanto al funcionamiento de este Consejo se le comentó en privado del pacto de caballeros, no escrito existente, por el cual se daba una incompatibilidad de funciones y que todos los consejeros que pasaron por la misma situación habían pedido licencia por el termino que durara su mandato, no obstante ante la negativa del consejero a pedir licencia el mismo fue tratado con todo respeto, se le permitió la participación en todos los plenarios y equipos de trabajo, y se tomaron las sugerencias y aportes que fueran útiles a los temas desarrollados. También nos preguntamos cuál es el problema para que ese centro vecinal nomine a otro consejero para que los represente en este cuerpo. Debe ser precisamente el presidente de la Unión Cívica Radical, no hay otros asociados que quieran trabajar por el barrio. Que además decimos que sería bueno sugerir a los partidos políticos que conformen el Consejo de los Partidos Políticos como tiene la ciudad de Villa Carlos Paz por ejemplo, para que sea un ámbito de debate propio de quienes aspiran a cargos públicos, y dejen trabajar a los vecinos que colaboramos con las autoridades priorizando el bien de todos sin distinción partidaria alguna. Como bien destacó el ex intendente y legislador radical Carlos Enrique Pérez, en un medio local, la política partidaria no se mete en los colegios porque no les hace bien, en los colegios o institutos de chiquitos con capacidades diferentes, ni con los viejitos, ni en las instituciones, si la política partidaria no se mete esas instituciones andan mucho mejor, que no quiere decir que se les reste ayuda del pueblo, de la provincia, de la nación o internacional.
Por último, y para ilustrarlo aún más, le informamos que este Consejo de la Ciudad recibió del Concejo Deliberante anterior la facultad de modificar su propio reglamento interno, y que en el periodo 2012 así lo hizo, mediante una comisión abierta a la que asistieron ocho instituciones, entre las que se encontraba un consejero del Centro Vecinal Villa Edén, el Sr. Raúl Chartano, que además fue integrante de la Comisión Redactora que modificó el presente reglamento y uno de los defensores a rajatabla de esa modificación en el posterior plenario, debido a su vasta experiencia como consejero. El que fuera ratificado en nota del Centro Vecinal del 12/12/ de 2012, que luego del trabajo en comisión las propuestas de reforma se llevaron al plenario del día 4 de diciembre de 2012 como siempre lo hacemos, y que de trece instituciones presentes solo un consejero votó en contra, justamente el consejero del Centro Vecinal Villa Edén, y que de las cinco instituciones ausentes, una de ellas había participado de la Comisión de Reforma la Cooperativa de Agua Potable y Servicios Públicos la Falda, y otra manifestó públicamente, en muchas oportunidades, su apoyo a este punto, el Centro Vecinal Santa Rosa, cuyo titular se apartó del puesto de consejero al postularse como candidato a intendente. Expresamos además que este Consejo trabajó, trabaja y trabajará por consenso y que mejor que la mayoría presente. La grabación de los últimos plenarios son muestra más que suficiente de por qué los partidos políticos no deben intervenir en este Consejo, sobre todo queda claro en el plenario del día 9 de abril del corriente la evidente bajada de línea de un partido político para que se boicoteara nuestro Consejo, aún por sobre el tema fundamental para la subsistencia de nuestra ciudad, como es la crisis hídrica que nos afecta, documento que cualquier vecino puede ver y analizar en el multimedio local TDC, único que ha asistido a todos y cada uno de nuestros plenarios, lo que nos brinda una transparencia que no todos pueden mostrar”.



El empecinamiento que puede dar lugar a una nueva corriente político partidaria

En el texto de la comunicación realizada al Defensor del Vecino, queda demostrado el obcecado accionar de algunas de las instituciones que integran el Consejo de la Ciudad. Del mismo se desprende con absoluta claridad que conocían que los partidos políticos estaban habilitados por la normativa vigente a integrar ese órgano, y lo sostienen solicitando, por ejemplo, que se le consulte al ex intendente Juan Carlos Ottobre sobre la situación que se dio en su gestión y que lo llevó a dictar su disolución por la participación de expresiones político partidarias. Lo que significa que al momento de introducir en el reglamento la prohibición de participación de los partidos políticos eran totalmente conscientes de que estaban poniéndose por encima de la legislación vigente, porque la habilitación para dictar su propio reglamento no los exime, bajo ningún punto de vista, de no respetarla, como también lo hace con los organismos públicos y sus integrantes, los cuales deben responder ante la Justicia o ante los organismos de control por la violación de las normas estatuidas. Como se les ha sugerido, ya en diversas oportunidades, el único camino viable para obtener esa decisión es la reforma de la Carta Orgánica y las normas que se dicten como consecuencia de ese hecho.
Otra de las cuestiones que demuestran su conocimiento de tal imposición es que exponen la existencia de un “pacto de caballeros no escrito” para el caso de que algún consejero se decida por la participación político partidaria, pero esto, por el solo hecho de no estar legislado, deja la resolución en la conducta ciudadana que el involucrado desee manifestar. Por tanto, si decide que su actitud no obstaculiza o afecta los intereses del organismo puede mantenerse en el, de hecho, el documento señala que el Presidente de la Unión Cívica Radical y consejero por el Centro Vecinal Villa Edén se mantuvo integrando el cuerpo y que “se tomaron las sugerencias y aportes que fueran útiles a los temas desarrollados”, lo que está indicando que sumó y no restó. Tampoco se entiende el aval que se le da como consejero suplente del Centro Vecinal Villa Edén a quien integró la Comisión Redactora y mantenía una opinión contraria a la propia institución que representaba, si se entiende que los consejeros deben respetar el mandato de la institución a la que representan.
Se preguntan cual es la diferencia existente entre el gobierno y el presidente del partido oficialista, sobre el particular puede decirse que con el sólo repasar los archivos de este medio de comunicación podrán apreciar que existen diferencias sustanciales, de criterio y acción, entre las autoridades partidarias y/o referentes consagrados con las decisiones que llevan adelante los organismos de gobierno, por lo cual el Consejo de la Ciudad sería el seno apropiado para que esas diferencias, de considerarse necesario, puedan tener un ámbito adecuado para su debate y posterior elevación tras la consulta pertinente.
Se manifiesta que los órganos de gobierno están para escuchar a los representados y no para repudiar sus opiniones, esto es precisamente desconocer el hecho de que se gobierna a través de los representantes elegidos y que estos tienen las atribuciones de hacer respetar las normas de convivencia establecidas, en función de lo cual podrán llamar la atención, sugerir, reclamar y definitivamente imponer los alcances de la legislación vigente, función que no tiene, por ende no puede arrogarse, el Consejo de la Ciudad.
A esta altura de los acontecimientos, no puede alegarse que no existe intencionalidad de confrontar desde el Consejo de la Ciudad, y que el empecinamiento lo lleva a avasallar el principio que trata de imponer, ya que su comportamiento se inscribe dentro de lo puede considerarse un grupo con interés político especifico, lo que hace que pueda colegirse que nos encontramos ante el alumbramiento de una nueva expresión corporativa desde el seno de este organismo de participación ciudadana, lo que no es ni malo, ni bueno, sería una expresión más dentro del espectro político de la ciudad, aunque debería asumir esa condición, exponerla públicamente y siguiendo su propio pensamiento excluirse de la participación en el Consejo de la Ciudad. Caso contrario, asumir que la función del Consejo de la Ciudad es la de acompañar, como órgano de consulta, para lo que fue creado, al gobierno municipal, respetando, en forma irrestricta, como todo ciudadano debería hacerlo, las normas establecidas para una mejor convivencia. Convivencia que se consigue a través del diálogo y no de la confrontación estéril.

N.H.

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