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Lugar: La Falda, Córdoba, Argentina

El titular ha superado los 25 años en la actividad periodística, habiendo participado de los medios gráficos de la región, ha sido director de medios radiales y ha hecho televisión, fue corresponsal de La Voz del Interior.

viernes, 29 de enero de 2010

Se presentó la Guardia Ambiental de La Falda

A través de decreto, el Poder Ejecutivo faldense puso en funciones una brigada de guardias para preservar el ambiente. Todo indica que tal disposición debería haberse implementado por Ordenanza. Entre los cuestionamientos se señala el que se le otorgue atribuciones al Consejo de la Ciudad para las cuales no estaría facultado.

El martes de la semana pasada en el andén del ferrocarril, en inmediaciones de la Secretaria de Turismo, se puso en funcionamiento el grupo de Guardias Ambientales de la Ciudad de La Falda, con la presencia y palabras del Secretario de Turismo Daniel Buonamico, el Presidente del Consejo de la Ciudad Juan Carlos Grenade y el Intendente Marcos Miguel Sestopal.

El grupo de jóvenes que lo integran, provisto de un adecuado uniforme y una bicicleta cada uno para sus traslados por la Ciudad estarán bajo la conducción del Director Ejecutivo, Alfredo Valzacchi. Si, él mismo que alguna vez pretendiera ser Intendente de nuestra ciudad en una interna de la Unión Cívica Radical, donde había militado políticamente, y que ahora, para alegría de los dirigentes de su ex –partido, llega a una Dirección dentro del Gobierno Justicialista Municipal. En la función de Director Operativo, se designo a Bruno Tognocchi.
Sobre el mencionado en último término, juro que intente averiguar antecedentes profesionales y políticos, consultando a altos Funcionarios que acompañan a Sestopal, y ninguno supo darme referencias. Además, los interrogados manifestaban poca adhesión o acuerdo con el Intendente por la conformación de este cuerpo ambiental.

La organización del cuerpo que estará bajo la autoridad del Secretario de Turismo, se realizó a través de un convenio con el Polo Universitario Punilla Centro de La Falda (PUPC) dependiente de la FAUBA donde los guardias desarrollaron un plan de capacitación.
Los guías ambientales operarán, como mínimo, en Parejas Operativas, asegurando de esta forma el apoyo mutuo en la acción en curso. La normativa con que contarán es la vigente, determinadas por las Ordenanzas Nos. 1074; 1075; 1076 y 1091 (Código del Ambiente) del año 1997, la adhesión a la Ley Provincial 9088/03 Gestión de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos, realizada por el Poder Legislativo en el año 2005; la incorporación al “ENTE ESPECIFICO INTERMUNICIPAL DE GESTION, COORDINACION, TRANSFERENCIA Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS (R.S.U.) Y ASIMILABLES” de los Municipios y Comunas del Departamento Punilla y Cruz del Eje del año 2007 y al “PLAN DIRECTOR DE LUCHA CONTRA EL DENGUE” del año 2009.
Toda esta información extraída de la Carpeta entregada al periodismo el día citado como puesta en funciones de la Guardia Ambiental no incluye el Decreto del Poder Ejecutivo de la creación de la misma, habiéndose constituido por esta forma (Decreto) y no por Ordenanza según me informaran los ediles en receso Legislativo.

La creación de este cuerpo, por Decreto, marca al menos una significativa curiosidad, si bien el Intendente (en una clara superposición de facultades con el Tribunal de Faltas) por Art. 74 de la COM tiene atribuciones sancionatorias (Multas, Clausuras Temporarias y/o Definitivas) por intermedio de Inspección General, no deja de ser curioso, que un nuevo cuerpo cuya normativa especifica lo autoriza, entre otras cosas, a: operar a campo y en condiciones ambientales exigentes, intervenir y disuadir frente a situaciones de agresión al medio; intervenir en forma primaria frente a accidentes y/o eventos extremos; desarrollar tareas de primeros auxilios personales y ambientales, relevar y reportar eventos; informar a las autoridades pertinentes y labrar multas, que serán aplicadas con rigor; detectar contravenciones a las ordenanzas y normativa vigentes; etc., se haya creado sin intervención del Poder Legislativo.
Asimismo, es significativo que dentro de las atribuciones de este cuerpo, publicadas en el Perfil del Guardia Ambiental, se establezcan algunas como: “Deberá tener capacidades básicas para identificar y diferenciar flora, fauna, geología, hidrológia, clima y todas las variables antropicas relacionadas con las zonas donde operara el cuerpo…”. Y esta otra: “Operará como auxiliar de personal especifico (Textual) y a ordenes del mismo en situaciones de eventos extremos. La iniciativa en estas acciones corresponderá al Director Operativo (Tognocchi), con acuerdo del Director General (Valzacchi) o del Consejo de la Ciudad de La Falda (también textual) según conveniencia, en ese orden, y conforme a las necesidades que plantee la contingencia”. Habrá que revisar la Carta Orgánica para conocer si el Consejo de la Ciudad posee atribuciones para desarrollar este tipo de acciones.

Decíamos este cuerpo, con semejantes atribuciones, fue creado tan sólo por Decreto del Poder Ejecutivo, como ha ocurrido en otras oportunidades de notas del autor que corrigieron decisiones, por ejemplo: Denuncia de falta de entregas de bolsones: en la misma semana de la publicación comenzaron a entregarse (la falta de entrega de algunos, todavía, esta en la Justicia) ; anuncio del cierre del Comedor Infantil por casi veinte días: al otro día del anuncio se cambio por entrega de viandas para llevar, no me extrañaría que a la reapertura de Sesiones Ordinarias, el próximo lunes, ingrese el Decreto de la creación de la Guardia Ambiental ad-referéndum de Ordenanza del Poder Legislativo.


MARIO C. THIBAULT
mariothibo@yahoo.com.ar

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