Nombre:
Lugar: La Falda, Córdoba, Argentina

El titular ha superado los 25 años en la actividad periodística, habiendo participado de los medios gráficos de la región, ha sido director de medios radiales y ha hecho televisión, fue corresponsal de La Voz del Interior.

viernes, 4 de diciembre de 2009

El bloque oficialista del Concejo Deliberante faldense autorizó a Sestopal a rescindir el contrato con la UTE que construyó parcialmente la obra de ga

Los cinco integrantes del bloque oficialista votaron a favor la autorización para que el Intendente Marcos Sestopal rescinda, de común acuerdo, el contrato con la UTE que construyó parcialmente la red domiciliaria de gas natural. Tanto la oposición como los vecinos presentes hicieron notar su descontento con la iniciativa que deja desprotegidos a los deudores. Los Vecinos Autoconvocados por Gas a Precio Justo adelantaron una Asamblea vecinal para el lunes, a las 16 horas, en la Biblioteca Popular Sarmiento. Como también que por estas horas se encontrarían en el Ministerio de Justicia de la Provincia por haber sido citados a una audiencia más en el marco de la Mediación que por el tema se desarrolla en ese ámbito.

La amable última sesión ordinaria del año en curso, terminó abruptamente cuando los concejales del bloque opositor ante la presentación sorpresiva del proyecto para rescindir el contrato con la UTE, integrada por Combustibles Serranos S.A y RAM Construcciones S.R.L., que fue concesionaria, por Iniciativa Privada, de la construcción de la red domiciliaria de gas natural de La Falda, instrumento que había ingresado al Legislativo con la sola firma del Secretario de Coordinación General Miguel Maldonado. El conocimiento de esta situación, llevó a que la oposición planteará la imposibilidad de darle tratamiento ya que, necesariamente, de acuerdo a la legislación vigente, el único funcionario que representa al Poder Ejecutivo Municipal es el intendente Marcos Sestopal o en su defecto, tal el caso, que se encontrará cumpliendo las funciones de Intendente el Vice Francisco Mendieta. La inmediata reacción del oficialismo fue la de convocar a Mendieta que se encontraba a cargo del Ejecutivo por ausencia (una más y vaaaaan) de Sestopal. Pero, la oposición recordó que el proyecto debe ser presentado antes del inicio de la sesión, por lo cual no se podría tratar ya que ingresaría en forma irregular. La posición de la oposición fue atendida, tras cuarto intermedio, y se adelantó la convocatoria a una Sesión Especial. La que se llevó a cabo en la mañana del último martes. La intención de contar con el proyecto y convenio respectivo se vio frustrada porque el oficialismo se negó permanentemente a darlo a conocer antes de ponerlo a consideración. De manera tal que en el inicio de la sesión especial convocada se dio lectura al denominado Anexo 6 – De Contrato de Ejecución de Red Domiciliaria de Gas Natural Ciudad de La Falda de fecha 27 de junio de 2006- Extinción Parcial de Obligaciones.
El que manifiesta que serán responsables de la firma del convenio: por el municipio el Intendente Marcos Sestopal y el secretario de Coordinación General Miguel Maldonado, en tanto por la UTE lo hará el Ing. Ricardo Roberto Ramón. Con posterioridad se señalan las obras concluidas; las correspondientes a la Primera Etapa del proyecto y las encargadas por el municipio, pagadas por este en forma anticipada, y que comprendían cañerías de interconexión general y tramos de cañería de distribución, que fueran exigidas oportunamente por ECOGAS.

El convenio
La clausula primera del contrato señala que “Como consecuencia de la suspensión de las obligaciones reciprocas de las partes (emisión de cedulones y de la continuación de las obras) del contrato de Ejecución de Obra de Red Domiciliaria Gas Natural Ciudad de La Falda, suscripto con fecha 27 de junio del año 2006; bajo los términos detallados en los instrumentos referidos y atento al extenso período de tiempo transcurrido de esa situación, las partes convienen de común acuerdo que, no estando cumplida al día de la fecha, la obligación de la Municipalidad de La Falda, de emitir los cedulones de deuda correspondiente a cada frentista afectado a la obra, de los sectores pertenecientes a las OBRAS DE EJECUCION SUSPENDIDA (negrita decidida por la redacción) cuya suspensión se mantiene a la fecha, por razones de públicoi conocimiento y no estando iniciada la ejecución de dichas obras por la Empresa; las partes de común acuerdo extinguen de manerra defionitiva las obligaciones reciprocas contratadas respecto de dichas obras, manteniéndose íntegramente vigentes las obligaciones convenidas respecto de las obras ya ejecutadas, terminadas y recepcionadas…sin perjuicio de lo cual, el municipio podrá por cuenta propia o de terceros y de la manera que estime oportuno y/o conveniente, ejecutar o hacer ejecutar por terceros la totalidad o tramos parciales de las obras proyectadas y demás obras que se proyecten en el futuro y extensiones futuras, referentes a la Red Domiciliaria Gas Natural Ciudad de La Falda, para lo cual la empresa cede los derechos que le pertenezcan sobre la proyección y ejecución de la obra, autorizaciones, etc., de manera que la Municipalidad pueda continuarlas, por sí o por terceros”.
En la clausula segunda “…la Municipalidad de La Falda se hace responsable única y exclusivamente del “pago proporcional” que corresponda al porcentaje de la obra rescindida por el presente conforme se detalla a continuación; 1)Gastos Escriturarios. De los “gastos escriturales” devengados por la cesión de la totalidad de los cedulones de pago de la contribución por mejoras originariamente contratada y cedida a favor de “Combustibles Serranos S.A. y RAM Construcciones S.R.L. – Unión Transitoria de Empresas”, la municipalidad pagará el proporcional del gasto escriturario correspondiente al valor de la obra que se rescinde por el presente y que había sido cedido y la UTE se hace cargo del pago proporcional del gasto escriturario correspondiente al porcentaje del valor de la obra ejecutada y que se le cedió. 2) APORTES COLEGIALES Y PREVISIONALES. Conforme a las disposiciuones colegiales y previsionales legalmente dispuestas sobra la materia por las leyes pertinentes, la Municipalidad pagará el proporcional de los aportes Colegiales y Previsionales del Colegio de Ingenieros y a la Caja de Ingenieros, calculados conforme al porcentaje de “honorarios profesionales” correspondientes a la proporción del proyecto de obra, cuya ejecución por parte de la UTE rescinde por el presente /sin incluir honorarios por dirección de obra, ni por ejecución de obra para su cálculo, y por tanto sin inclusión de sus aportes colegiales y previsonales), y la UTE se hace cargo de los aportes colegiales y Previsionales al Colegio de Ingenierosy a la Caja de Ingenieros , calculados conforme al porcentaje de “honorarios profesionales” correspondientes a la proporción de la obra efectivamente ejecutada. El “pago proporcional” antes indicado, que compromete La Municipalidad, por ser dichos gastos necesarios y obligatorios para la oportuna continuación de las obras, tendrán como tope máximo la suma de $60.000 no pudiendo en ninguna hipótesis excederse de dicho tope máximo, debiendo en dicho caso ser afrontados por la UTE…”.
En la clausula tercera se estipula que “Los PLAZOS DE EJECUCIÓN, se tienen por cumplidos íntegramente en tiempo y forma”.
En la cuarta se mantiene que “Se tiene por correcto EL VALOR DE LA OBRA de conformidad a la totalidad de la documentación suscripta entre las partes, según se indica en los antecedentes y demás cláusulas del presente, la que queda recalculada conforme a la obra ejecutada, descontándose la obra definitivamente suspendida; conforme a lo dispuesto en la clausula siguiente.
En la quinta se define “se mantiene plenamente vigente LA MODALIDAD DE PAGO a través de la cesión de los derechos de cobro de cedulones efectivamente emitidos y cedidos a LA EMPRESA por la suma de $2.505.402,53 (valores correspondientes a zonas 3, 4 y parcial 6) los cuales continuarán en el patrimonio de la empresa ( negrita decidida por la redacción) …revocándose la cesión de los derechos sobre los cedulones no emitidos restantes, es decir por la suma de $3.385.667,07 a mlosfines que dichos derechos se reintegren al patrimonio de la Municipalidad”.
En la clausula decima se afirma que “la Municipalidad de La Falda Declara que con motivo de la extinción de las obligaciones acordada en el presente,nada tiene que reclamar a la Empresa Adjudicataria por las obras de ejecución que han quedado suspendidas de manera definitiva…al haberse acordado su extinción, renunciando a todo reclamo de cualquier naturaleza al respecto”.
Otro tanto hace la UTE en la clausula decimoprimera donde declara que “…se encuentran íntegramente cumplidas las obligaciones de La Municipalidad por las obras ejecutadas y terminadas…sin tener nada que reclamar a su respecto, cediendo en consecuencia los derechos que le pertenecen a ella y a sus integrantes sobre el resto de la obra, a los fines de que La Municipalidad pueda continuar la obra por sí o por terceros”.
Finalmente, en la decimosegunda clausula se sostiene que la UTE “…ha contratado con la COOPERATIVA DE AGUA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA FALDA, la realización de labores integrantes de la ejecución de las obras originariamente contratadas con LA MUNICIPALIDAD (tareas de zanjeo) y que con motivo de la presente rescisión, dichas labores no podrán finalizarse; y atento a que, siempre ha sido de interés Municipal que las obras se efectúen con la mayor cantidad posible de mano de obra local; es que LA MUNICIPALIDAD compromete que, al momento de continuar las obras restantes de finalizar de que se trata el presente; solicitará cotización a la COOPERATIVA, de exactamente las mismas tareas que estaban originariamente contratadas con ella por la UTE, para que frente a mejor o igual, precio, capacidad y condiciones, dicha Entidad tenga prioridad en la contratación”.

La opinión de vecinos y opositores
Tras la lectura del documento, se leyó un comunicado de los Vecinos Autoconvocados Por Gas a Precio Justo, en la que los mismos sostenían “ Vecinos de La Falda: Los Autoconvocados por la Obra de Gas a Precio Justo, ADVERTIMOS y ALERTAMOS que estamos frente a otros atropellos posib les de ocurrir con las RESCISION del Contrato entre la Municipalidad y la Empresa.
Asimismo PEDIMOS AUDIENCIA PUBLICA ANTES de tonar cualquier decisión que pueda afectar a NUESTRAS PROPIEDADES, respetando los 2/3 que reza al artículo 64 inciso 1º.
No queremos que se apruebe ninguna Ordenanza entre “gallos y medianoche” – (como se intentño en la madrugada del viernes pasado).
Si hubo AUDIENCIA PUBLICA y 2/3 para CONTRATAR, DEBE HABERLA PARA RESCINDIR.
Queremos saber en que CONDICIONES se RESCINDE, para ello: AUDIENCIA PUBLICA.
La actuación de los Autoconvocados logró demostrar claramente el EXCESIVO PRECIO de la obra. Basta solo leer el reciente informe de la Comisión del Concejo Deliberante sobre obras de gas en Cruz del Eje, Capilla del Monte, Villa Giardino, Jesús María y San Francisco.
Por falta de transparencia, esta obra que debería haber sido un gran BENEFICIO, se ha transformado en un GRAN SUPLICIO”.

Con posterioridad, los vecinos presentes expusieron sus opiniones, todas coincidentes en que se hacia necesario una explicación profunda de lo que pensaba acordar al momento de rescindir y que no podía hacérselo sin proteger a los deudores, tanto aquellos 160 que se tiene oficializados como históricos deudores morosos, como de aquellos que no han podido o no han querido continuar con los pagos de los planes oportunamente acordados.
En igual sentido se pronunciaron los ediles de la oposición, reclamando por la oscuridad que se le pretendía dar al trámite, ocultándolo de los vecinos, no informándoles de los alcances del convenio en forma previa, de la exigencia de la Audiencia Pública, del desamparo de aquellos que quedan, por deudores, al arbitrio de la empresa o lo que es peor de algún estudio jurídico que compre la deuda y vaya por el patrimonio de esos vecinos.

Pero todo fue en vano, sin otro argumento que el de la necesidad de autorizar al Poder Ejecutivo a firmar la rescisión, los cinco concejales oficialistas, Susana Tuzzio, Fabiana Piva, Pedro Agost, Rudolf Lescano e Iván Aliverti, levantaron al unísono el brazo de yeso y votaron a favor del proyecto, con lo cual el intendente Sestopal podrá nuevamente hacer su voluntad lejos del clamor de sus vecinos.

Recuadro

Así no

Con el rostro enrojecido, la mirada lacrimosa, las manos temblantes, el habla entorpecida y la bronca sudando por cada poro, Alfredo, uno de los vecinos reclamantes, estaba al borde del síncope, del estallido, de la agresión verbal o física…me acerque a contenerlo, a acariciarle los hombros y la espalda…así pude internalizar lo que le sucedía y que trasmitía con la sola expresión “así no…así no”…era todo impotencia e incomprensión…

Esta imagen, que trasmito a través de estas escasas palabras, espero que haya sido observada por los concejales del oficialismo y que puedan haber logrado interpretar adonde han conducido a un vecino trabajador, que desarrollando por años su labor en el área del turismo ha hecho y querido a La Falda más que ellos.
Los ediles oficialistas se han comportado como cómplices, algunos de ellos tal vez siempre lo fueron, de una estrategia dirigida a ocultar los alcances de los contratos de esta obra, quizás sólo lo hicieron por razones políticas, aunque no pueden descartarse otras.
Los concejales oficialistas no desconocen todo lo que han realizado los vecinos para demostrar que la obra de gas tenia vestigios de estafa, ellos han participado últimamente de los estudios realizados sobre otras obras y cuyos resultados han demostrado acabadamente que a más de tres años de la firma del contrato y establecimiento de los costos que dieron lugar a la construcción de la red domiciliaria en La Falda, hay localidades que hacen el mismo trabajo con costos inferiores.
Los ediles oficialistas saben que lo mejor que podían haber hecho era escuchar a los vecinos y convocar a una Audiencia Pública para informar y esclarecer a la población en general y a los perjudicados en particular. Y lo saben porque no pueden pecar de ignorantes, ya que en el mismo convenio que han dado a conocer se admite el incumplimiento del municipio. Siendo la rescisión del contrato la prueba del error de la decisión política tomada al momento de firmarlo sin haber informado correctamente a los vecinos afectados, esto es haberles dicho real y concretamente cuánto iba a costarles.
No puedo explicarme como estos vecinos que fueron electos para representar al resto de la población pueden alegremente, sin convicción ni fundamento razonable alguno, de hecho no expresaron ni una palabra, por el simple hecho de apoyar una decisión política errónea poner en juego toda su trayectoria y estima pública.
Es inconcebible, pero es así. Miro mi rostro en el reflejo de la pantalla de la computadora y…puta, cuanto me parezco a Alfredo…

N.H.

0 comentarios:

Publicar un comentario

Suscribirse a Enviar comentarios [Atom]

<< Inicio