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Lugar: La Falda, Córdoba, Argentina

El titular ha superado los 25 años en la actividad periodística, habiendo participado de los medios gráficos de la región, ha sido director de medios radiales y ha hecho televisión, fue corresponsal de La Voz del Interior.

viernes, 19 de junio de 2009

CET redujo el horario de atención del Casino faldense

La información fue suministrada en la última sesión del Consejo Deliberante, previo a pasar a archivo, hasta tanto el Tribunal Superior de Justicia provincial decida sobre los alcances de la autonomía municipal en esta cuestión, la Iniciativa Popular que con algo más de 700 firmas adherentes presentarán vecinos.

Como se recordará, en los primeros días de marzo, se presentó un Proyecto de Ordenanza por Iniciativa Popular para reducir el horario de atención al público del Casino de La Falda. La iniciativa llevaba la firma de algo más de 700 vecinos, superando lo normado en la Carta Orgánica Municipal (COM) que exige el uno por ciento del total del padrón electoral municipal.
El artículo 168 de la COM, define que “Los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ordenanza en el Concejo Deliberante. Para la presentación se requerirá un número de electores no inferior al uno por ciento (1%) del total del último padrón cívico electoral. El Poder Legislativo Municipal debe darles expreso tratamiento dentro del término de cuatro (4) meses contados desde su presentación…”.
Precisamente, cumpliendo con los plazos exigidos, el Concejo Deliberante faldense trató en su última sesión el proyecto elevado por los vecinos, que exponía en sus fundamentos que “A nadie escapa que en una ciudad eminentemente turística como La Falda, resulta de interés el funcionamiento de salas de juegos, entre ellos los electrónicos o slots, como el ubicado en la intersección de las calles Sarmiento y España, dado el atractivo que despierta en los visitantes.
Sin embargo, al permanecer abierta al público durante todas las horas del día y todos los días, se constituye en un estímulo que genera consecuencias devastadoras en la sociedad local, principalmente en los segmentos más humildes que son los de mayor vulnerabilidad, ante la engañosa fantasía de resolver mediante máquinas tragamonedas sus críticos problemas económicos.
Nadie duda que esa propuesta de juegos, acechando a toda hora la tentación de quienes concurren impulsados por carencias económicas, solo se concreta en una marcada profundización de la pobreza como irremisible consecuencia de dilapidar sus magros recursos tras un sueño irrealizable.
El incentivo a los juegos electrónicos se logra mediante un ambiente acondicionado al efecto, con música adecuada, climatizado y con luz artificial tanto de día como de noche, lo que posibilita que el jugador pierda en ese lugar la noción del tiempo.
Es sabido que reduciendo el horario no se elimina la adicción al juego, pero ofrecer ese tipo de recreación en horas tan inapropiadas como las de la mañana o las primeras de la tarde, agrava el riesgo que se cierne sobre los más propensos a caer en un enmascarado atractivo que suele derivar en graves desórdenes personales y familiares.
La ludopatía es una patología comprobada, por lo cual, facilitar desde el gobierno los medios para contraerla o agravarla, es diametralmente contrario a la gestión impuesta a los funcionarios públicos de velar por la salud y el bienestar de sus gobernados.
De lo que antecede resulta la necesidad de reducir el horario en que se encuentra abierta al público la sala mencionada y cualquier otra destinada a juegos de azar, con el fin de atenuar sus nocivos efectos.
Cabe señalar finalmente, que fijar los horarios de funcionamiento de esos locales es competencia municipal en ejercicio del Poder de Policía, lo que hicieron otras Municipalidades de esta Provincia, como asimismo resulta legítimo modificar cualquier acuerdo preestablecido en el marco del Derecho Público, cuando las circunstancias aconsejen hacerlo en beneficio de los vecinos, a fin de que un servicio de recreación no ponga en riesgo la salud y el bienestar de quienes deben ser protegidos”.
En función de ello, propone que “Las salas de juegos de azar que funcionen en la ciudad de La Falda solo podrán permanecer abiertas al público dentro del horario de 18,00 horas hasta las 6,00 horas del día siguiente”.

Durante el tratamiento del tema, el Bloque Oficialista informó que la Compañía de Entretenimientos y Turismo (CET) había decidido por cuenta propia reducir el horario, cerrando sus puertas entre las 07.00 y las 11.00 horas.

La decisión de la empresa concesionaria de las slots en la provincia, sin dar a conocer las razones que motivaron el nuevo horario, alcanza a todas las salas habilitadas y se aplicó a partir del 1 de mayo.

Con posterioridad, el legislativo decidió pasar el proyecto a archivo hasta que el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, que tiene en tratamiento decidir si la autonomía municipal puede, o no, imponer reducciones de horario en esta actividad (causa originada cuando el Municipio de Río Cuarto impuso la reducción horaria en la sala de esa ciudad) cuando el poder concedente ha sido el Estado Provincial, decida sobre esta cuestión de fondo.

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