Nombre:
Lugar: La Falda, Córdoba, Argentina

El titular ha superado los 25 años en la actividad periodística, habiendo participado de los medios gráficos de la región, ha sido director de medios radiales y ha hecho televisión, fue corresponsal de La Voz del Interior.

jueves, 26 de febrero de 2009

En La Falda pretenden poner límite de horario a las salas de juegos

Tras colectar 674 firmas de respaldo, vecinos de La Falda presentarán, en las próximas horas, una Iniciativa Popular que persigue la disminución del horario de atención al público de las salas de juego en la ciudad. El lapso previsto va desde las 18.00 horas del día anterior a las 06.00 horas del día siguiente.

Vecinos de La Falda presentaran, en las próximas horas, una Iniciativa popular que persigue la disminución del horario de atención al público de las salas de juego en la ciudad. El proyecto impulsado responde en un todo a los alcances de la Carta Orgánica Municipal que instituye la Iniciativa Popular en el artículo 168, definiendo que “Los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ordenanza en el Concejo Deliberante. Para la presentación se requerirá un número de electores no inferior al uno por ciento (1%) del total del último padrón cívico electoral. El Poder Legislativo Municipal debe darles expreso tratamiento dentro del término de cuatro (4) meses contados desde su presentación. No pueden ser objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma de la Carta Orgánica, celebración de convenios y acuerdos interjurisdiccionales, creación, organización o supresión de secretarías, entidades descentralizadas, presupuesto, tributos, materia contravencional, régimen electoral, partidos políticos o todo otro asunto que importando un gasto no prevea los recursos correspondientes para su atención”.
En el caso se supera ampliamente el porcentaje exigido por la norma ya que el proyecto es acompañado por la firma de 674 vecinos.

Los fundamentos expuestos en el Proyecto de Ordenanza a elevarse destacan que “A nadie escapa que en una ciudad eminentemente turística como La Falda, resulta de interés el funcionamiento de salas de juegos, entre ellos los electrónicos o slots, como el ubicado en la intersección de las calles Sarmiento y España, dado el atractivo que despierta en los visitantes.
Sin embargo, al permanecer abierta al público durante todas las horas del día y todos los días, se constituye en un estímulo que genera consecuencias devastadoras en la sociedad local, principalmente en los segmentos más humildes que son los de mayor vulnerabilidad, ante la engañosa fantasía de resolver mediante máquinas tragamonedas sus críticos problemas económicos.
Nadie duda que esa propuesta de juegos, acechando a toda hora la tentación de quienes concurren impulsados por carencias económicas, solo se concreta en una marcada profundización de la pobreza como irremisible consecuencia de dilapidar sus magros recursos tras un sueño irrealizable.
El incentivo a los juegos electrónicos se logra mediante un ambiente acondicionado al efecto, con música adecuada, climatizado y con luz artificial tanto de día como de noche, lo que posibilita que el jugador pierda en ese lugar la noción del tiempo.
Es sabido que reduciendo el horario no se elimina la adicción al juego, pero ofrecer ese tipo de recreación en horas tan inapropiadas como las de la mañana o las primeras de la tarde, agrava el riesgo que se cierne sobre los más propensos a caer en un enmascarado atractivo que suele derivar en graves desórdenes personales y familiares.
La ludopatía es una patología comprobada, por lo cual, facilitar desde el gobierno los medios para contraerla o agravarla, es diametralmente contrario a la gestión impuesta a los funcionarios públicos de velar por la salud y el bienestar de sus gobernados.
De lo que antecede resulta la necesidad de reducir el horario en que se encuentra abierta al público la sala mencionada y cualquier otra destinada a juegos de azar, con el fin de atenuar sus nocivos efectos.
Cabe señalar finalmente, que fijar los horarios de funcionamiento de esos locales es competencia municipal en ejercicio del Poder de Policía, lo que hicieron otras Municipalidades de esta Provincia, como asimismo resulta legítimo modificar cualquier acuerdo preestablecido en el marco del Derecho Público, cuando las circunstancias aconsejen hacerlo en beneficio de los vecinos, a fin de que un servicio de recreación no ponga en riesgo la salud y el bienestar de quienes deben ser protegidos”.
En función de ello, imponen que “Las salas de juegos de azar que funcionen en la ciudad de La Falda solo podrán permanecer abiertas al público dentro del horario de 18,00 horas hasta las 6,00 horas del día siguiente”.

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