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Lugar: La Falda, Córdoba, Argentina

El titular ha superado los 25 años en la actividad periodística, habiendo participado de los medios gráficos de la región, ha sido director de medios radiales y ha hecho televisión, fue corresponsal de La Voz del Interior.

jueves, 2 de octubre de 2008

Modificarían los costos “abusivos” de los aforos en Audiencia Pública

La denuncia pública que efectuara el vecino Pedro Nuñez en Ecos de Punilla, hace cinco meses, logró su propósito y el Concejo Deliberante aprobó, en primera lectura, un proyecto del oficialismo que disminuye considerablemente los montos que se aprobaron “por error”, según los ediles de la mayoría, en la tarifaría 2008.
El debate en Audiencia Pública se concretará el 20 de octubre, a las 20 horas, en el salón del ACA.

En la edición Nº 261 de Ecos de Punilla, el vecino Pedro Nuñez denunciaba lo que consideraba un incremento abusivo de los costos para aprobación de planos, dando como ejemplo que una construcción que pretendía llevar adelante en su propiedad a fines de 2007 debía pagar $ 287,40 y con la Tarifaría 2008 se le pretendía cobrar $2.794,20.
Cabe recordar que la Tarifaría 2008, al igual que el Presupuesto e Impositiva, fue aprobada en el Concejo Deliberante sólo por la bancada oficialista sin la presencia del bloque de la minoría.

Los profesionales consultados en la oportunidad sostenían que “antes el cálculo resultaba un porcentaje sobre el valor que presuntivamente se le daba al m2 de construcción según su categoría. Esta situación es la que debería primar en la base de cálculo y si los valores de la construcción estaban desactualizados, la sola actualización del valor por m2, era lo conveniente, no sólo para el contribuyente sino para el Municipio que aplica el cobro del aforo o tasa sobre el costo de la construcción que se está aprobando y según su envergadura y categoría. En la actual situación de cobro no se discrimina la categoría de la construcción y paga lo mismo por m2, quien construye una vivienda económica o el que construye una vivienda de primera categoría”.
Profundizando la discrepancia mantenían que “la actividad de construir no debe ser castigada con altos impuestos, porque se estaría atentando contra el desarrollo y crecimiento de la ciudad, además de no favorecer las inversiones, se les está poniendo un obstáculo a quienes con gran esfuerzo quieren construir su vivienda, comercio o pequeño emprendimiento”.

Tras la denuncia de Nuñez se plantearon una serie de situaciones para tratar de superar “el error” que según los ediles del oficialismo se había deslizado al momento de aprobar el instrumento. Sin embargo se observó cierta reticencia de parte del Poder Ejecutivo Municipal a producir las reformas que se le exigían.
Por su parte el Bloque del Frente de Todos y con Todos (UCR/PN) sostenía que había que mantener los parámetros establecidos en la Ordenanza de Presupuesto de 2007 siendo modificada sólo por el incremento establecido por el Colegio de Arquitectos que había modificado su arancel de $250/m2 llevándolo a $500/m2, lo que significaba un aumento sobre la tasa del 100% y no de entre el 800 y 1.000 % que arrojaba el incremento municipal al haber determinado un monto fijo por m2.
Asimismo, se señalaba que la normativa en vigencia no discriminaba categorías de las edificaciones que se pretenden aforar, como se lo hacia en años anteriores. Se omitían, también, otros trabajos como mensura, mensura de usucapión, división en propiedad horizontal, modificación de propiedad horizontal, unión de lotes, superficie cubierta, etc.

Finalmente, en la última sesión se aprobó en primera lectura un proyecto presentado por
el bloque oficialista que será tratado en Audiencia Pública el próximo 20 de octubre, a la hora 20, en los salones de Automóvil Club Argentino.

La propuesta determina como Valor Presuntivo: al valor del monto de obra que surge de la siguiente operación: multiplicando A – Superficie de la construcción en M2 – B – Valor fijado por colegios de $500 por M2 – C – Coeficiente de tipificación de obras de arquitectura según Resolución Nº 62/143/87 (en esta Resolución se encuadran y tipifican las obras de arquitectura según grupos) – D – Coeficiente de estructura antisísmico para proyecto únicamente: que es 1,1.
Ejemplo: Vivienda de 100 M2 : 100 M2 x 500 x 0,80 x 1,1 = $44.000

Luego de esta operación en la que se determina el Valor Presuntivo o monto de obra, se aplicará un Porcentual discriminado originándose así el valor que el contribuyente deberá pagar en concepto de aforos por mejoras en el inmueble.

Porcentajes por proyecto: Viviendas: Vivienda propia y única en barrios o sectores periféricos con superficie menor a 60 M2: Porcentaje 0 (Cero) - Vivienda unifamiliar hasta 100 M2: Porcentaje 1% (uno) - Vivienda unifamiliar hasta 150 M2: Porcentaje 1,5% (uno y medio) - Vivienda unifamiliar hasta 250 M2: Porcentaje 2% (dos) - Vivienda unifamiliar mayorres a 250 M2: Porcentaje 3% (tres)

Locales Comerciales: Local Comercial hasta 100 M2: Porcentaje 2% (dos) - Local Comercial hasta 150 M2: Porcentaje 3% (tres) - Local Comercial hasta 250 M2: Porcentaje 3,5% (tres y medio) - Local Comercial mayor a 250 M2: Porcentaje 5% (cinco) -

Hay que considerar que los locales comerciales indicados corresponden a todos los proyectos que se ejecuten en las Zonas: Z1CC – Z2CT1 – Z3CT2 – por lo tanto los que se ejecuten fuera de esas zonas abonarán el 50% de esos valores. Asimismo, cualquiera de los grupos que no sean ni locales comerciales ni viviendas abonarán para proyectos hasta 150 M2 el 1% del valor presuntivo o monto de obra, y los mayores a 150 M2 el 1,5% del monto de obra.

Obras por Presupuesto: Hasta $150.000 abonarán el 1% - Mayores a $150.000 abonarán 0,5% -

Porcentajes por Relevamiento: Se establece el Valor Presuntivo igual que para proyecto, pero sin el coeficiente 1,1 correspondiente a la estructura sismorresistente.
Se aplican los mismos porcentajes que en el proyecto según grupos.
Para establecer el Valor del Aforo se multiplicará por un coeficiente adicional en concepto de multa según la antigüedad de la obra: Antigüedad 5 años: 200% adicional –
Antigüedad 10 años: 100% adicional - Antigüedad 15 años: 50% adicional – Más de 15 años: 10% adicional –

Ejemplo: Vivienda 100 M2 – Antigüedad año 2007 –
100 M2 x 500 x 0,80 = $40.000 –
Por Proyecto paga el 1,1 %, $440 con antisísmico –
Por Relevamiento paga 1%, $400 sin antisísmico, más un adicional por antigüedad (200%) $800 – Total a pagar: $1.200 –

En el caso en que las obras hayan sido detectadas y advertidas por la Municipalidad mediante Actas o Notificaciones el valor adicional en concepto de multa será del 400% para cualquier grupo.

En forma sucinta este es el ordenamiento que llevará a debate en Audiencia Pública el bloque oficialista.
Cabe acotar que el proyecto de la oposición disminuye los montos antes explicitados en + - un 50% de acuerdo al tipo de vivienda y mantiene que el alcance de la modificación debe ser retroactiva al 1 de enero de 2008.

Para ejemplificar lo antes apuntado, incluyendo en la estimación los costos a 2007, determinamos la siguiente comparativa, basada en una vivienda Tipo B de 100 M2: esta vivienda en 2007 pagaba $75, por proyecto UCR/PN (oposición) pagaría 166,66, por proyecto Unión por Córdoba (oficialismo) pagaría $ 500, con los montos exigidos en la actualidad el costo es de $1.000.

Es de mencionar que una Ordenanza como la destinada a tarifar el registro de obras privadas, debería responder no sólo a principios economicistas y recaudatorios sino también como herramienta de estímulo y control para el correcto desarrollo de una estrategia de crecimiento armónico del parque edilicio de la ciudad, aplicando criterios de sostenibilidad y equidad social, es a lo que basicamente apuntó el Consejo de la Ciudad en los informes recientemente presentados y que fueran minimizados por el Intendente Marcos Sestopal bajo el concepto de que no se compadecían con la realidad.
El debate en Audiencia Pública de la modificación de los aforos será una nueva oportunidad para aquellos vecinos que participaron en la discusión del Presupuesto 2008 y no se sintieron escuchados ni respetados cuando el bloque de la mayoría lo aprobó sin el concurso de la oposición.

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