Iniciativa Popular para reducir el horario del Casino faldense
Una autoconvocatoria ciudadana que reunió a unos cincuenta promotores lanzó, el fin de semana último, una Iniciativa Popular para elevar al Concejo Deliberante faldense un proyecto de ordenanza en donde se determina la reducción del horario de atención del Casino. La recolección de firmas de apoyo a la iniciativa se desarrollara en las calles de la ciudad y más allá que con 120 a 130 se cumpliría con las exigencias de ley, la intención vecinal es la reunir no menos de 1.000 rúbricas de respaldo.
Alrededor de cincuenta vecinos faldenses se reunieron el viernes por la noche, en un conocido hotel de la localidad, para compartir una cena e informar sobre los alcances de una Iniciativa Popular que se lanzaba en la oportunidad para reducir el horario del Casino. Se señalo en la ocasión que el problema del juego compulsivo generado por las máquinas electrónicas es conocido y trasciende la ciudad para adentrarse en la comunidad del centro-norte del Valle de Punilla. No tan sólo el problema afecta a la familia sino que también lo hace en la interrelación vecinal y en la economía local, manifestaron.
Luego de esas definiciones como introducción se pasó a entregar las carpetas a quienes decidieron responsabilizarse de colectar las firmas necesarias para que la Iniciativa Popular cumpla con los requisitos exigidos por la legislación vigente. La cantidad exigida se encuentra en el orden de las 120 ó 130 firmas, pero se requirió que se colectaran alrededor de mil.
Los fundamentos para la Iniciativa Popular acompañan las fichas a firmar y sostienen que “A nadie escapa que en una ciudad eminentemente turística como La Falda, resulta de interés el funcionamiento de salas de juegos, entre ellos los electrónicos o slots, como el ubicado en la intersección de las calles Sarmiento y España, dado el atractivo que despierta en los visitantes.
Sin embargo, al permanecer abierta al público durante todas las horas del día y todos los días, se constituye en un estímulo que genera consecuencias devastadoras en la sociedad local, principalmente en los segmentos más humildes que son los de mayor vulnerabilidad, ante la engañosa fantasía de resolver mediante máquinas tragamonedas sus críticos problemas económicos.
Nadie duda que esa propuesta de juegos, acechando a toda hora la tentación de quienes concurren impulsados por carencias económicas, solo se concreta en una marcada profundización de la pobreza como irremisible consecuencia de dilapidar sus magros recursos tras un sueño irrealizable.
El incentivo a los juegos electrónicos se logra mediante un ambiente acondicionado al efecto, con música adecuada, climatizado y con luz artificial tanto de día como de noche, lo que posibilita que el jugador pierda en ese lugar la noción del tiempo.
Es sabido que reduciendo el horario no se elimina la adicción al juego, pero ofrecer ese tipo de recreación en horas tan inapropiadas como las de la mañana o las primeras de la tarde, agrava el riesgo que se cierne sobre los más propensos a caer en un enmascarado atractivo que suele derivar en graves desórdenes personales y familiares.
La ludopatía es una patología comprobada, por lo cual, facilitar desde el gobierno los medios para contraerla o agravarla, es diametralmente contrario a la gestión impuesta a los funcionarios públicos de velar por la salud y el bienestar de sus gobernados.
De lo que antecede resulta la necesidad de reducir el horario en que se encuentra abierta al público la sala mencionada y cualquier otra destinada a juegos de azar, con el fin de atenuar sus nocivos efectos.
Cabe señalar finalmente, que fijar los horarios de funcionamiento de esos locales es competencia municipal en ejercicio del Poder de Policía, lo que hicieron otras Municipalidades de esta Provincia, como asimismo resulta legítimo modificar cualquier acuerdo preestablecido en el marco del Derecho Público, cuando las circunstancias aconsejen hacerlo en beneficio de los vecinos, a fin de que un servicio de recreación no ponga en riesgo la salud y el bienestar de quienes deben ser protegidos”.
Con posterioridad el Proyecto de Ordenanza establece el horario que se pretende establecer a la sala de juegos, manifestando que “Las salas de juegos de azar que funcionen en la ciudad de La Falda solo podrán permanecer abiertas al público dentro del horario de 18,00 horas hasta las 6,00 horas del día siguiente”.
Recuadro
Reglamentación y metodología a utilizar en la Iniciativa Popular
La Iniciativa Popular es una institución de Participación Ciudadana dispuesta por la Carta Orgánica Municipal en su artículo 168 determinando que “Los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ordenanza en el Concejo Deliberante. Para la presentación se requerirá un número de electores no inferior al uno por ciento (1%) del total del último padrón cívico electoral. El Poder Legislativo Municipal debe darles expreso tratamiento dentro del término de cuatro (4) meses contados desde su presentación. No pueden ser objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma de la Carta Orgánica, celebración de convenios y acuerdos interjurisdiccionales, creación, organización o supresión de secretarías, entidades descentralizadas, presupuesto, tributos, materia contravencional, régimen electoral, partidos políticos o todo otro asunto que importando un gasto no prevea los recursos correspondientes para su atención”.
Instituto que fuera reglamentado por la Ordenanza Nº 2164, aprobada el 24 de julio de 2008, ordenando que: (Art. 1º) Los adherentes a un proyecto de ordenanza a presentar en carácter de iniciativa popular, deberán ser electores del circuito y expresar su adhesión firmando una planilla de no más de veinte adherentes donde conste su número de documento de identidad, aclaración de firma y domicilio.
Art. 2º) En el encabezamiento de cada planilla constará el objeto del proyecto de ordenanza al que adhieren y se anexará a la misma una copia de dicho proyecto.
Art. 3º) Los adherentes podrán acreditar su identidad y suscribir la planilla en el Juzgado de Paz de esta ciudad donde se certificará su firma.
Art. 4º) Se podrá asimismo suscribir la adhesión ante dos electores municipales de La Falda, quienes al pie de la planilla deberán declarar bajo juramento la autenticidad de todas las firmas incorporadas en la misma, suscribiendo dicha declaración ante el Juzgado de Paz de esta ciudad.
Art. 5º) La presentación del proyecto y sus adhesiones deberá efectuarse en la Secretaría del Concejo Deliberante, la que constatará que los adherentes alcanzan el mínimo del uno por ciento del padrón municipal, e informará al Cuerpo si se verifican los demás presupuestos exigidos. Hasta tres días hábiles desde que el proyecto tome estado parlamentario cualquier persona que figure en el listado podrá impugnar la autenticidad de la firma que se le atribuye, en cuyo caso no se computará su adhesión y se formulará denuncia penal para que se investigue la eventual responsabilidad de quienes declararon sobre la autenticidad de la misma.
Recuadro
Parecen más los beneficios que los perjuicios
El conocimiento del accionar vecinal abrió de inmediato el debate, apareciendo, como es natural en La Falda, posicionamientos diversos, algunos destinados apoyar la intención, otros decididos a oponerse y otros buscando conocer los alcances de la iniciativa y mejorarla dentro de sus posibilidades.
Entre quienes se decidieron a argumentar en contra de la intención vecinal se escucharon fundamentos relacionados con que no alcanzan a observar el verdadero objetivo que se persigue, ya que en las pocas oportunidades en que la sala ha debido reducir su horario (elecciones o último censo) la asistencia de jugadores fue similar a cuando se abre horario completo y las cajas cerradas habrían sido las habituales, de manera tal que si la búsqueda es reducir la posibilidad de que los jugadores inviertan menos dinero en el juego o que se reduzca la concurrencia ante la imposibilidad, por reducción de horario de atención, de concurrir en la mañana y primeras horas de la tarde, sería inútil el esfuerzo, de acuerdo con esos datos. También acotan que lo único que observan son situaciones negativas que afectarían el servicio al turista o imposibilitarían mantener la fuente de trabajo para las cincuenta personas que en la actualidad trabajan en la sala. Aseveran asimismo que a nadie le obligan a ir al Casino, que se conocen las posibilidades de ganar que da el juego y que es poco y nada lo que puede hacerse para evitar que algunos caigan en la ludopatía.
Desde la visión periodística de aquel que desconoce las slots de La Falda, lo que puedo decir es que se conoce de una importante cantidad de personas que han perdido bienes, familia y honra por haber caído en la enfermedad del juego compulsivo y pasado a formar parte de esta nueva legión de afectados por la ludopatía en la Provincia de Córdoba. No es necesario invertir espacio en dar ejemplos contundentes de esa realidad porque en cada familia se sabe de casos cercanos con consecuencias desgraciadas.
Si se considera que aparentemente la convocatoria y las cajas no se habrían resentido en las pocas oportunidades en que la sala no trabajo a tiempo completo, lo que podría decirse es que es atinada la intención vecinal porque no afectaría, en forma perjudicial, a la sala, y daría la oportunidad al jugador compulsivo a poder abocar un importante tiempo a su trabajo y familia sin encontrarse presionado porque las tragamonedas y sus premios lo esperan, en horas de la mañana o primeras de la tarde.
En lo que respecta al servicio turístico en sí, me parece que quienes nos visitan, en sus más altos porcentuales vienen a gozar de la naturaleza y la tranquilidad que son nuestro mayor capital, estimo como secundaria la recreación a través de las tragamonedas. Tampoco pierdo de vista el empobrecimiento del circuito económico local por dineros que podrían quedar en la ciudad y que terminan en las arcas de CET.
En lo que hace a la posibilidad de que la reducción de horario pudiese afectar la fuente de trabajo de los cincuenta empleados que tendría la sala, se me ocurre que ello sólo podría suceder si la empresa decide no cumplir con el rol social que la propia explotación del juego le impone. Es más todo hace estimar que se beneficia porque tendrá más personal para servir a los asistentes, sin contar el importante ahorro que ha de provocarse en energía eléctrica, entre otras cosas.
Como puede observarse, al menos en principio, podría decirse que la intención vecinal no tal sólo es favorable para aquellos que se han convertido en jugadores compulsivos sino que todo hace entrever que CET, la empresa explotadora de las tragamonedas, también se beneficiaría con el recorte de horario.
N.H.
Recuadro
Algunos antecedentes
El la ciudad de San Francisco el horario es acotado y fue decidido por el gobierno municipal.
Meses atrás el Concejo Deliberante de Villa Carlos Paz aprobó una Ordenanza para recortar el horario de funcionamiento diario de las salas de tragamonedas, las movilizaciones de los empleados de CET provocaron la suspensión de la medida. Con posterioridad vecinos tomaron la posta y están presionando a las autoridades municipales para que hagan efectivo los alcances de la cuestionada Ordenanza. Mientras, el último fin de semana, la Iglesia Católica local se pronunciaba solicitando “la regulación del horario de apertura de las salas de tragamonedas”, ante la inminente apertura de una nueva sala.
Cabe acotar que en aquella ciudad se encuentran instaladas 300 máquinas y se incorporaran 600 más.
El cura párroco Daniel Fratin ante la prensa declaró que la nueva sala va a ser una especie de “fábrica de miseria” para la población local, manifestando asimismo que “funcionen a tiempo ilimitado es una irresponsabilidad”.
Junto a los católicos se movilizan pastores evangélicos, vecinos, partidos políticos e instituciones intermedias.
Sr.Director:
Periódico Ecos de Punilla
La sala de juego de La Falda no debería denominarse Casino
Ecos de Punilla viene publicando algunas notas sobre el Casino y las tragamonedas, obviamente, ya que lo manifesté en diversas oportunidades estoy de acuerdo con ellas, pero permítanme que agregue o refuerce las mismas:
Un CASINO es sinónimo o equivalente a juego de azar, donde existen mesas de ruleta, de naipes, dados, etc. Pero los usos y abusos de la reglamentación y también la moda permitieron que los slots pudieran estar en el mismo sitio del. CASINO.
La palabra CASINO, según la real academia, es una casa de recreo, de asociaciones análogas, de afinidades sociales, profesionales y/o políticas. Otra acepción dice que es un local de buen nivel donde mediante pagos se puede asistir a espectáculos diversos, y que a veces se permiten juegos de azar.
Sabemos que la CET (Compañía de Entretenimientos y Turismo) subsidiaria del grupo Roggio, posee toda la concesión de tragamonedas de la provincia de córdoba y obtiene ganancias extraordinarias, fundamentalmente a expensas de las máquinas programadas. En la publicidad oficial, se difunden los CASINOS de la provincia y los sitios donde solo están instaladas las máquinas tragamonedas. Está absolutamente claro que marca bien la variedad y esta implícito que un CASINO no puede prescindir: punto y banca, etc. En la actual sala de juego de La Falda se han eliminado las mismas (seguramente aduciendo falta de rentabilidad).Definitivamente deja de ser CASINO si carece de los juegos originales.
De ahí que debería llamarse simplemente sala de slots o tragamonedas, ya que dicho lugar no tiene el rango o la jerarquía necesaria para seguir titulándose CASINO.
De esa manera, se trasparentaría la oferta y la información y desaparecería el ardid o artimaña de una denominación errónea y aparatosa.
A todas luces el salón existente tiene un nombre arbitrario.
Una muestra más de la flagrante artimaña que se permiten en diversas actividades, entre ellas las de entretenimiento, a través de convenios con influyentes monopolios.
Carlos Enrique Pérez Septiembre 2008
Alrededor de cincuenta vecinos faldenses se reunieron el viernes por la noche, en un conocido hotel de la localidad, para compartir una cena e informar sobre los alcances de una Iniciativa Popular que se lanzaba en la oportunidad para reducir el horario del Casino. Se señalo en la ocasión que el problema del juego compulsivo generado por las máquinas electrónicas es conocido y trasciende la ciudad para adentrarse en la comunidad del centro-norte del Valle de Punilla. No tan sólo el problema afecta a la familia sino que también lo hace en la interrelación vecinal y en la economía local, manifestaron.
Luego de esas definiciones como introducción se pasó a entregar las carpetas a quienes decidieron responsabilizarse de colectar las firmas necesarias para que la Iniciativa Popular cumpla con los requisitos exigidos por la legislación vigente. La cantidad exigida se encuentra en el orden de las 120 ó 130 firmas, pero se requirió que se colectaran alrededor de mil.
Los fundamentos para la Iniciativa Popular acompañan las fichas a firmar y sostienen que “A nadie escapa que en una ciudad eminentemente turística como La Falda, resulta de interés el funcionamiento de salas de juegos, entre ellos los electrónicos o slots, como el ubicado en la intersección de las calles Sarmiento y España, dado el atractivo que despierta en los visitantes.
Sin embargo, al permanecer abierta al público durante todas las horas del día y todos los días, se constituye en un estímulo que genera consecuencias devastadoras en la sociedad local, principalmente en los segmentos más humildes que son los de mayor vulnerabilidad, ante la engañosa fantasía de resolver mediante máquinas tragamonedas sus críticos problemas económicos.
Nadie duda que esa propuesta de juegos, acechando a toda hora la tentación de quienes concurren impulsados por carencias económicas, solo se concreta en una marcada profundización de la pobreza como irremisible consecuencia de dilapidar sus magros recursos tras un sueño irrealizable.
El incentivo a los juegos electrónicos se logra mediante un ambiente acondicionado al efecto, con música adecuada, climatizado y con luz artificial tanto de día como de noche, lo que posibilita que el jugador pierda en ese lugar la noción del tiempo.
Es sabido que reduciendo el horario no se elimina la adicción al juego, pero ofrecer ese tipo de recreación en horas tan inapropiadas como las de la mañana o las primeras de la tarde, agrava el riesgo que se cierne sobre los más propensos a caer en un enmascarado atractivo que suele derivar en graves desórdenes personales y familiares.
La ludopatía es una patología comprobada, por lo cual, facilitar desde el gobierno los medios para contraerla o agravarla, es diametralmente contrario a la gestión impuesta a los funcionarios públicos de velar por la salud y el bienestar de sus gobernados.
De lo que antecede resulta la necesidad de reducir el horario en que se encuentra abierta al público la sala mencionada y cualquier otra destinada a juegos de azar, con el fin de atenuar sus nocivos efectos.
Cabe señalar finalmente, que fijar los horarios de funcionamiento de esos locales es competencia municipal en ejercicio del Poder de Policía, lo que hicieron otras Municipalidades de esta Provincia, como asimismo resulta legítimo modificar cualquier acuerdo preestablecido en el marco del Derecho Público, cuando las circunstancias aconsejen hacerlo en beneficio de los vecinos, a fin de que un servicio de recreación no ponga en riesgo la salud y el bienestar de quienes deben ser protegidos”.
Con posterioridad el Proyecto de Ordenanza establece el horario que se pretende establecer a la sala de juegos, manifestando que “Las salas de juegos de azar que funcionen en la ciudad de La Falda solo podrán permanecer abiertas al público dentro del horario de 18,00 horas hasta las 6,00 horas del día siguiente”.
Recuadro
Reglamentación y metodología a utilizar en la Iniciativa Popular
La Iniciativa Popular es una institución de Participación Ciudadana dispuesta por la Carta Orgánica Municipal en su artículo 168 determinando que “Los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ordenanza en el Concejo Deliberante. Para la presentación se requerirá un número de electores no inferior al uno por ciento (1%) del total del último padrón cívico electoral. El Poder Legislativo Municipal debe darles expreso tratamiento dentro del término de cuatro (4) meses contados desde su presentación. No pueden ser objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma de la Carta Orgánica, celebración de convenios y acuerdos interjurisdiccionales, creación, organización o supresión de secretarías, entidades descentralizadas, presupuesto, tributos, materia contravencional, régimen electoral, partidos políticos o todo otro asunto que importando un gasto no prevea los recursos correspondientes para su atención”.
Instituto que fuera reglamentado por la Ordenanza Nº 2164, aprobada el 24 de julio de 2008, ordenando que: (Art. 1º) Los adherentes a un proyecto de ordenanza a presentar en carácter de iniciativa popular, deberán ser electores del circuito y expresar su adhesión firmando una planilla de no más de veinte adherentes donde conste su número de documento de identidad, aclaración de firma y domicilio.
Art. 2º) En el encabezamiento de cada planilla constará el objeto del proyecto de ordenanza al que adhieren y se anexará a la misma una copia de dicho proyecto.
Art. 3º) Los adherentes podrán acreditar su identidad y suscribir la planilla en el Juzgado de Paz de esta ciudad donde se certificará su firma.
Art. 4º) Se podrá asimismo suscribir la adhesión ante dos electores municipales de La Falda, quienes al pie de la planilla deberán declarar bajo juramento la autenticidad de todas las firmas incorporadas en la misma, suscribiendo dicha declaración ante el Juzgado de Paz de esta ciudad.
Art. 5º) La presentación del proyecto y sus adhesiones deberá efectuarse en la Secretaría del Concejo Deliberante, la que constatará que los adherentes alcanzan el mínimo del uno por ciento del padrón municipal, e informará al Cuerpo si se verifican los demás presupuestos exigidos. Hasta tres días hábiles desde que el proyecto tome estado parlamentario cualquier persona que figure en el listado podrá impugnar la autenticidad de la firma que se le atribuye, en cuyo caso no se computará su adhesión y se formulará denuncia penal para que se investigue la eventual responsabilidad de quienes declararon sobre la autenticidad de la misma.
Recuadro
Parecen más los beneficios que los perjuicios
El conocimiento del accionar vecinal abrió de inmediato el debate, apareciendo, como es natural en La Falda, posicionamientos diversos, algunos destinados apoyar la intención, otros decididos a oponerse y otros buscando conocer los alcances de la iniciativa y mejorarla dentro de sus posibilidades.
Entre quienes se decidieron a argumentar en contra de la intención vecinal se escucharon fundamentos relacionados con que no alcanzan a observar el verdadero objetivo que se persigue, ya que en las pocas oportunidades en que la sala ha debido reducir su horario (elecciones o último censo) la asistencia de jugadores fue similar a cuando se abre horario completo y las cajas cerradas habrían sido las habituales, de manera tal que si la búsqueda es reducir la posibilidad de que los jugadores inviertan menos dinero en el juego o que se reduzca la concurrencia ante la imposibilidad, por reducción de horario de atención, de concurrir en la mañana y primeras horas de la tarde, sería inútil el esfuerzo, de acuerdo con esos datos. También acotan que lo único que observan son situaciones negativas que afectarían el servicio al turista o imposibilitarían mantener la fuente de trabajo para las cincuenta personas que en la actualidad trabajan en la sala. Aseveran asimismo que a nadie le obligan a ir al Casino, que se conocen las posibilidades de ganar que da el juego y que es poco y nada lo que puede hacerse para evitar que algunos caigan en la ludopatía.
Desde la visión periodística de aquel que desconoce las slots de La Falda, lo que puedo decir es que se conoce de una importante cantidad de personas que han perdido bienes, familia y honra por haber caído en la enfermedad del juego compulsivo y pasado a formar parte de esta nueva legión de afectados por la ludopatía en la Provincia de Córdoba. No es necesario invertir espacio en dar ejemplos contundentes de esa realidad porque en cada familia se sabe de casos cercanos con consecuencias desgraciadas.
Si se considera que aparentemente la convocatoria y las cajas no se habrían resentido en las pocas oportunidades en que la sala no trabajo a tiempo completo, lo que podría decirse es que es atinada la intención vecinal porque no afectaría, en forma perjudicial, a la sala, y daría la oportunidad al jugador compulsivo a poder abocar un importante tiempo a su trabajo y familia sin encontrarse presionado porque las tragamonedas y sus premios lo esperan, en horas de la mañana o primeras de la tarde.
En lo que respecta al servicio turístico en sí, me parece que quienes nos visitan, en sus más altos porcentuales vienen a gozar de la naturaleza y la tranquilidad que son nuestro mayor capital, estimo como secundaria la recreación a través de las tragamonedas. Tampoco pierdo de vista el empobrecimiento del circuito económico local por dineros que podrían quedar en la ciudad y que terminan en las arcas de CET.
En lo que hace a la posibilidad de que la reducción de horario pudiese afectar la fuente de trabajo de los cincuenta empleados que tendría la sala, se me ocurre que ello sólo podría suceder si la empresa decide no cumplir con el rol social que la propia explotación del juego le impone. Es más todo hace estimar que se beneficia porque tendrá más personal para servir a los asistentes, sin contar el importante ahorro que ha de provocarse en energía eléctrica, entre otras cosas.
Como puede observarse, al menos en principio, podría decirse que la intención vecinal no tal sólo es favorable para aquellos que se han convertido en jugadores compulsivos sino que todo hace entrever que CET, la empresa explotadora de las tragamonedas, también se beneficiaría con el recorte de horario.
N.H.
Recuadro
Algunos antecedentes
El la ciudad de San Francisco el horario es acotado y fue decidido por el gobierno municipal.
Meses atrás el Concejo Deliberante de Villa Carlos Paz aprobó una Ordenanza para recortar el horario de funcionamiento diario de las salas de tragamonedas, las movilizaciones de los empleados de CET provocaron la suspensión de la medida. Con posterioridad vecinos tomaron la posta y están presionando a las autoridades municipales para que hagan efectivo los alcances de la cuestionada Ordenanza. Mientras, el último fin de semana, la Iglesia Católica local se pronunciaba solicitando “la regulación del horario de apertura de las salas de tragamonedas”, ante la inminente apertura de una nueva sala.
Cabe acotar que en aquella ciudad se encuentran instaladas 300 máquinas y se incorporaran 600 más.
El cura párroco Daniel Fratin ante la prensa declaró que la nueva sala va a ser una especie de “fábrica de miseria” para la población local, manifestando asimismo que “funcionen a tiempo ilimitado es una irresponsabilidad”.
Junto a los católicos se movilizan pastores evangélicos, vecinos, partidos políticos e instituciones intermedias.
Sr.Director:
Periódico Ecos de Punilla
La sala de juego de La Falda no debería denominarse Casino
Ecos de Punilla viene publicando algunas notas sobre el Casino y las tragamonedas, obviamente, ya que lo manifesté en diversas oportunidades estoy de acuerdo con ellas, pero permítanme que agregue o refuerce las mismas:
Un CASINO es sinónimo o equivalente a juego de azar, donde existen mesas de ruleta, de naipes, dados, etc. Pero los usos y abusos de la reglamentación y también la moda permitieron que los slots pudieran estar en el mismo sitio del. CASINO.
La palabra CASINO, según la real academia, es una casa de recreo, de asociaciones análogas, de afinidades sociales, profesionales y/o políticas. Otra acepción dice que es un local de buen nivel donde mediante pagos se puede asistir a espectáculos diversos, y que a veces se permiten juegos de azar.
Sabemos que la CET (Compañía de Entretenimientos y Turismo) subsidiaria del grupo Roggio, posee toda la concesión de tragamonedas de la provincia de córdoba y obtiene ganancias extraordinarias, fundamentalmente a expensas de las máquinas programadas. En la publicidad oficial, se difunden los CASINOS de la provincia y los sitios donde solo están instaladas las máquinas tragamonedas. Está absolutamente claro que marca bien la variedad y esta implícito que un CASINO no puede prescindir: punto y banca, etc. En la actual sala de juego de La Falda se han eliminado las mismas (seguramente aduciendo falta de rentabilidad).Definitivamente deja de ser CASINO si carece de los juegos originales.
De ahí que debería llamarse simplemente sala de slots o tragamonedas, ya que dicho lugar no tiene el rango o la jerarquía necesaria para seguir titulándose CASINO.
De esa manera, se trasparentaría la oferta y la información y desaparecería el ardid o artimaña de una denominación errónea y aparatosa.
A todas luces el salón existente tiene un nombre arbitrario.
Una muestra más de la flagrante artimaña que se permiten en diversas actividades, entre ellas las de entretenimiento, a través de convenios con influyentes monopolios.
Carlos Enrique Pérez Septiembre 2008
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