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Lugar: La Falda, Córdoba, Argentina

El titular ha superado los 25 años en la actividad periodística, habiendo participado de los medios gráficos de la región, ha sido director de medios radiales y ha hecho televisión, fue corresponsal de La Voz del Interior.

jueves, 2 de octubre de 2008

La oposición rechazó Compensación de Partidas por contravenir el principio de sana administración

El equipo técnico que asesora a la tribuno Nora Piaggio le recomendó rechazar los decretos de Compensación de Partidas. La funcionaria, en nota a sus pares, hizo notar que los instrumentos no cumplen con los fines propuestos en el Presupuesto original, oportunamente aprobado por el Concejo Deliberante faldense.

El equipo de trabajo que asesora a la tribuno Nora Piaggio y que lidera Augusto Anghillantte, en base a un pormenorizado análisis de los decretos de Compensación de Partidas emitidos por el Poder Ejecutivo faldense que conduce Marcos Sestopal, sugirió a la funcionaria rechazar los instrumentos modificatorios.
Los fundamentos son los siguientes: “En los 9 meses del presente año 2008, los Gastos Corrientes y Operativos de la Municipalidad de la Falda, vienen creciendo y para poder hacer frente a los mismos el Poder Ejecutivo ha tomado como Política diaria el empleo de una Herramienta Pública de Gestión, tal como DECRETOS PARA REFUERZO DE PARTIDAS, y la no entrega mensual de los Balances al Tribunal de Cuentas.

Durante el presente año solo cuenta la Tribuna Nora Piaggio con copia de 2 Balances o evolución anual de las Partidas Presupuestarias. Ellos son: Presupuesto aprobado en Octubre de 2007, para el ejercicio Octubre 2007 - Septiembre 2008 y Balance Marzo 2008.

Cabe acotar que es responsabilidad del Poder Ejecutivo Municipal hacer llegar copia del mismo mensualmente a los integrantes del Tribunal de Cuentas y una vez cada trimestre al Honorable Concejo Deliberante”.

De inmediato define el por qué se contravienen principios de sana administración que luego son volcados por la tribuno Piaggio en documento elevado al Tribunal de Cuentas, para pasar a sostener con posterioridad que “Por otra parte, este Poder Ejecutivo Municipal, ha realizado un total de 1.607 DECRETOS, hasta el 13 de agosto, que hace un promedio de 7 Decretos por día. La Provincia de Córdoba a la misma fecha, tenía un promedio de 5 Decretos diarios emitidos por el Poder Ejecutivo y la Municipalidad de Córdoba un Promedio inferior a 4 Decretos Diarios.

Por los hechos demostrados, se aconseja a la Dra. Piaggio a rechazar los Decretos arriba expuestos, emitidos por el Poder Ejecutivo Municipal de la Falda, por no cumplimiento con la finalidad del Presupuesto Original, aprobado por el Honorable Concejo Deliberante”.

En función de lo enunciado la tribuno elevó al Tribunal de Cuentas nota dirigida a sus pares Osvaldo Seisdedos y Silvia Lujan en la que sostiene: “REFERENCIA. : Refuerzo de Partidas del Presupuesto de Gastos - Decretos Nº 1.338 – Nº 1.480 – Nº 1.607 -
Analizando los Decretos emitidos por el Poder Ejecutivo Municipal Nº 1.338 (1/07); Nº 1.480 (29/7); Nº 1.607 (13 /08) y en aplicación a las atribuciones que a mí me competen como representante del pueblo en este Tribunal de Cuentas, expreso:1 - Que en cumplimiento de la Carta Orgánica Municipal, está permitido la compensación de Partidas del Presupuesto de Gastos vigente para el presente año, sin que ello signifique un incremento de las Partidas Principales – se observa un incremento sostenido del gasto Público Municipal, el cual es amparado en el presente Presupuesto con la Compensación de Partidas cuyos fondos eran proporcionados por el Gobierno Provincial, siendo el Municipio solo un Ente de Administración y Ejecución.
2 - Las Partidas que disminuye sus recursos son todas Partidas de Gasto para Obras Públicas e Inversiones para la Sociedad, mientras que las Partidas que incrementan sus recursos, son Partidas de Gastos Operativos .

Detalle de los Decretos: Decreto Municipal Nº 1.338/08 detalla: La compensación de la PARTIDA 2-1-08-01-08 Gas Natural, incrementándola en $ 325.000, disminuyendo en igual monto la PARTIDA 2-1-08-02-03 Programa Provincial de Vivienda.
Decreto Municipal Nº 1.480/08 detalla: La compensación de la PARTIDA 2-1-08-02-02 Obras Varias, incrementándola en $ 75.000, disminuyendo en igual monto la PARTIDA 2-1-08-02-03 Programa Provincial de Vivienda.
Decreto Municipal Nº 1.607/08 detalla: La compensación, en incremento de las PARTIDAS, 1-1-03-06 Gastos Ceremoniales, Premios, Homenajes y Cortesías en $ 50.000, 1-1-03-07 Gastos Judiciales, Extrajudiciales, Honorarios e Indemnizaciones en $ 100.000; 1-1-03-10 Seguro de Vida, Vehículos, Máquinas y Equipos en $ 50.000; 2-1-08-02-02 Obras Varias en $ 100.000 y 3-1-01-01-01 Fondo de Reparo en $ 1.500 - disminuyendo las PARTIDAS 1-1-03-14 Leasing por $ 200.000; 2-1-08-02-03 Programa Provincial de Vivienda por $ 100.000 y 3-1-01-01-02 Garantía en Licitación por $ 1.500.
Por lo arriba expuesto, rechazo los decretos, por no cumplir con la finalidad del Presupuesto Original, aprobado por el Honorable Concejo Deliberante”.

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