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Lugar: La Falda, Córdoba, Argentina

El titular ha superado los 25 años en la actividad periodística, habiendo participado de los medios gráficos de la región, ha sido director de medios radiales y ha hecho televisión, fue corresponsal de La Voz del Interior.

lunes, 25 de mayo de 2015

No se retendrá el Certificado de Habilitación Comercial por aplicación de la Ordenanza de Seguridad

El funcionario admitió que hay cuestiones de la Ordenanza que pueden reverse, pero que es necesario en las categorías de alto riesgo la participación de un profesional matriculado; que no se retendrán los certificados de habilitación comercial, pero que se tendrá que cumplir con los requisitos exigidos dentro de plazos razonables; que hay más de matriculado en la zona y que tratan de ampliar la oferta y bajar los costos, y que el objetivo de la Ordenanza es salvar vidas y bienes.

La aplicación de la Ordenanza de Seguridad trajo aparejado el reclamo, en algunos casos rebeldía, de parte de los comerciantes que no entendían el por qué se les negaba la entrega del Certificado de Habilitación hasta tanto no cumpliesen con los alcances de la norma antes enunciada. Con el antecedente, recurrimos ante el Secretario Gabriel Massheimer, el que al respecto definió que “a fines del año pasado se sancionó la Ordenanza que tiene que ver con los criterios a aplicar en las habilitaciones de locales, no necesariamente de locales comerciales, de todo tipo de local, tenga o no fin de comercio, se definieron las condiciones en que podían ser habilitados, hay una ley nacional con decreto reglamentario al respecto, que fue aprobada allá por el ´70, que es voluminosa, tiene más trescientos artículos, es muy diversificada. Por otro lado, existen requerimientos que tienen que ver con la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo que verifica y controla el Ministerio de Trabajo de la provincia, las aseguradoras de riesgo del trabajo que también tienen sus exigencias. Entonces, lo que estaba faltando es un criterio claro, concreto y definido por parte de la autoridad municipal que es quien habilita el local, porque, al fin y al cabo, sin discutir la importancia que tienen esas jurisdicciones, esta el municipio que tiene la responsabilidad de habilitar los locales, y al que ante cualquier inconveniente que se pueda producir vinculado con incidentes o accidentes, siempre los dos responsables primarios serán el propietario del local y quien lo habilitó, o sea, la autoridad municipal. Por eso, desde el año 2014, comenzamos a ver cómo lo ordenábamos, en función de ello comenzamos con un asesoramiento del Colegio de Ingenieros Especialistas de Córdoba (CIEC), que es quien otorga dentro de la matricula del profesional que esta integrado la incumbencia en higiene y seguridad en el trabajo. Recibimos ese asesoramiento, y se puede decir sin temor a equivocarse que la aplicación de la Ley Nacional sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo es muy compleja, si tuviera que poner un ejemplo, si nosotros aplicamos la ley, lisa y llanamente, tendríamos que cerrar la mayoría de los locales habilitados en la Argentina, no ya los de orden local, porque los requerimientos son sumamente exigentes. Entonces, para poder empezar con este tema, creo que es algo que comienza y no tiene fin, en el sentido de que va evolucionando en el tiempo, nos planteamos un objetivo de mínima, qué vamos a requerir para por lo menos decir que tenemos una cierta tranquilidad en que el local está bien habilitado. Nosotros, en función de la ley nacional, somos la autoridad de aplicación, y decidimos, hablando con los especialistas, a ver, como referencia podría decir, aquí las instalaciones de más alto riesgo que hay en la ciudad están vinculadas con el alojamiento, hotelería, cabañas, que ya venían, desde antes de esta Ordenanza, cumpliendo con cierta parte de esos requisitos, informe de bomberos relativos a la siniestralidad, posibilidades de incendio, vías de evacuación, etc., temas en que bomberos por decreto del Ejecutivo provincial tiene incumbencia, es limitada, no sobre la totalidad, obviamente en lo que hace a incendio y otros siniestros. Lo que tiene que ver con el informe total de seguridad tiene otros aspectos, no solo la cuestión del fuego, por eso entendemos que la responsabilidad, como autoridad, recae en un profesional matriculado en el CIEC. Ahora, la pregunta es, nosotros podemos tener desde un pequeño local destinado al comercio de algunas cosas, un quiosco, hasta un hotel para 200 alojados, a un boliche bailable de los que están habilitados, o un local de alta concentración como puede ser un supermercado, una estación de servicio, una pinturería lugar donde se almacena liquido inflamable, por suerte jamás pasó nada, pero eso tiene un potencial riesgo…lo que hicimos fue dividir, de acuerdo a la ordenanza, el total de las habilitaciones comerciales en cuatro categorías, desde las más chiquitas, categoría A, de menor requerimiento posible, los negocios tradicionales de La Falda, después B, C y D, la última lugares con almacenamiento de sustancias peligrosas, estaciones de servicio, pinturerías y demás. En el medio están hotelería, gastronomía, cabañas, y tenemos un parámetro, que si bien es cierto podemos decir que tenemos un comercio de categoría A de requerimiento mínimo, si tiene más de tantos metros cuadrados cubiertos o si tiene deposito con almacenamiento de mercadería empieza a migrar en la categoría en que está habilitado y aumenta el requerimiento. Tenemos una estadística, llevamos más de 700 habilitaciones renovadas, y más del 70% son de categoría A, qué les pedimos a ellos, no pedimos un informe de un matriculado, básicamente, le decimos al responsable del local que presente un plano y nosotros mismos le ubicamos los matafuego, la salida de emergencia, la luz de emergencia, la rectificación de salida de emergencia, y le pedimos que instale un disyuntor con una jabalina puesta a tierra. Eso, en más del 60% de los locales habilitados”.
Se le planteó que entre los reclamos se encontraba el de que no era clara la categorización, expresando que “coincido en que la Ordenanza tiene algunos defectos, que hay cosas que pueden no estar del todo claras y requiere de un Decreto Reglamentario que aun no ha sido publicado, el día en que lo tengamos vamos a poner a funcionar el marco normativo y vamos a ver qué cosas vamos descubriendo, en este esquema que no lleva más de cuatro meses de funcionamiento, y después se harán, eventualmente, las correcciones. Lo que es la categoría A no requiere ningún ingeniero matriculado, solamente viene el comerciante, declara cuál es su instalación, le aceptamos hasta un croquis con lo que es el local y nosotros lo orientamos, como lo decía antes. Depende del rubro, debemos tener unas 150 categorías de habilitaciones, 150 casos diferentes, obviamente hemos puesto, en esta primera etapa, las categorías que están definidas y tienen comercios habilitados, porque hay algunas vinculadas a algunas industrias, que está el código, pero no hay habilitados. Cuando entramos en la categoría B aparecen requerimientos que requieren de un matriculado, porque tiene un riesgo potencial, porque tiene más de 150 metros cuadrados cubiertos o porque tiene un depósito con cierto riesgo…creo que en general hay un acuerdo colectivo social, en el sentido de que una Ordenanza de este tipo hacia falta, que estamos previniendo cuestiones que pueden atentar contra vidas y/o bienes y agradezco esa visión”.
Se le hizo notar que no se discute la necesidad, que lo que se plantea es que esta ley nacional no está aplicada en todo su extensión en grandes conglomerados y en función de ello que aquí se la aplicase en forma paulatina y que no se retenga el certificado de habilitación, exponiendo que “vamos sobre eso. En realidad, nos dijeron en el CIEC que en la provincia las únicas ciudades que tienen Ordenanza sobre esto es Córdoba y La Falda, ahora que otros no la tengan no significa nada, para nosotros es un avance, vamos por la vida. Salvo los casos conocidos, que han costado vidas, no hemos tenido grandes siniestros, pero eso no quita la precaución ni el prevenir. Tenemos comerciantes que se van enojados y tenemos lo otros que te dicen sabés que no me di cuenta de que esto me hacia falta, y tengo mi negocio con una térmica cuando lo que necesito es un disyuntor, porque observan que si tienen un accidente con un cliente o un empleado las consecuencias son gravísimas. También pasa de aquel que viene y te dice tengo un almacencito y algunas garrafas, bueno, si tiene garrafas necesita de un matriculado porque es el que le va a decir dónde y bajo que condiciones debe tenerlas, en ese caso, el comerciante dijo tenés razón, por cinco garrafas que vendo al mes, mejor no tenerlas y evitarme un probable problema. Cuando salió está Ordenanza se difundió, algunos dicen que no, pero lo hicimos, lo que pasa es que algunos no le dieron importancia hasta que no se les planteó que estaban en infracción, en primera instancia dijimos que hasta poner un matafuego o un disyuntor requiere de una inversión, hacer una modificación requiere además de cierto tiempo, entonces instrumentamos retener los cartones amarillos como forma de garantizarnos el cumplimiento en un tiempo razonable, pero aparecieron los comerciantes que dijeron que necesitaban los cartones de habilitación para AFIP, bancos, otras cuestiones totalmente comprensibles. En realidad, la Ordenanza dice que la autoridad de aplicación se reserva el derecho de imponer eventuales clausuras, en cualquier momento, ante la constatación de que no se cumplan las condiciones de seguridad, en función de eso, optamos por entregar todos los cartones amarillos, igual notificamos a todos los comerciantes, completan una planilla con los criterios que deben satisfacer y luego vamos a verificar eso, y en caso que no se cumpla se ordenará la clausura pertinente”.
Este tema lo hemos hablado con el gente de la UCIS, con la del Concejo de la Ciudad, porque lo que nos interesa es la conciencia colectiva de esto, porque también en el Concejo de la Ciudad se planteó que hay algunos hoteles muy antiguos, que por ejemplo tienen instalaciones eléctricas con aislaciones de papel en lugar de PVC, cambiar ese cableado no cuesta poco y requiere de tiempo, entonces, en el mientras tanto, qué se hace, damos o no la habilitación, y las posiciones fueron discordantes, por eso los profesionales matriculados, no lo puede decidir otro que un especializado en la materia, y dirá mientras cambias el cableado tendrás que tener un disyuntor de tal capacidad, medidas alternativas y paliativas para compensar el riesgo. Por eso el matriculado, por eso no alcanza con los bomberos.
Se le impuso que se dice que hay un solo matriculado y que ello hacia aparecer como que se había montado un negocio con alto costo y con clientela cautiva, respondiendo que “No. Les decimos a la gente cuando viene que en www.ciec.org.ar van a encontrar 180 matriculados ordenados alfabéticamente. En la región hay menos, es obvio, cuándo fueron apareciendo, cuando apareció la normativa, antes había uno, ahora hay cuatro, y otro más que vive en la zona de Capilla del Monte. Coincido en que esto es una cuestión de oferta y demanda, en la medida que ha aparecido la demanda ahora aparece la oferta. Reconozco que puede ser caro, incluso el hecho de tener que ir a buscar el matriculado a Córdoba, pero hay que considerar la amortización, lo que se hace sirve para mucho tiempo, el año que viene, cuando haya que renovar, con la revalida será suficiente si no se produjeron cambios en el local, de manera que el profesional cobrará poco. Sí, admito que es un tema que tiene su costo, pero que es relativo en relación a lo que se está protegiendo, y que se puede prorratear en el tiempo.
En definitiva, de lo consultado, hemos entregado los cartones de habilitación, que es una flexibilización, salvo en casos de alto riesgo que tienen un tratamiento especial y pormenorizado, estamos tratando de que aparezcan nuevos prestadores de los servicios requeridos con matriculados y ver si se pueden bajar los costos…reconozco que hay cosas a reacomodar, creo que nos va a llevar todo el año acomodar, el año pasado, antes de la sanción de la Ordenanza, a todos los lugares de alto riesgo se les envió una nota, sin plazos, pero informándoles de los requisitos que tenían que cubrir en lo que hace a seguridad, algunos vinieron a preguntar, otros no aparecieron. Los advertimos, vamos en camino a esto, y por eso la Ordenanza, caso contrario no podíamos avanzar y lo primero que te dicen es dónde está la Ordenanza que impone esto. Al municipio no se le caerá nada si tiene que revisar, corregir y mejorar en función de las sugerencias que lleguen de la población. De todas maneras, los reclamos los hemos resueltos, porque hemos descomprimido la situación con la entrega de los cartones amarillos, ahora, cuando vayamos a verificar será mejor que estén cumpliendo, porque sino llegaran las sanciones, incluyendo en ellas a la clausura”.

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