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Lugar: La Falda, Córdoba, Argentina

El titular ha superado los 25 años en la actividad periodística, habiendo participado de los medios gráficos de la región, ha sido director de medios radiales y ha hecho televisión, fue corresponsal de La Voz del Interior.

viernes, 25 de abril de 2014

Carlos Caserio presentó el proyecto para la creación del Departamento Federal de de Lucha Contra el Narcotráfico

Tal como lo anunciará días atrás en La Falda, el Diputado Nacional Carlos Caserio elevó a consideración de la Cámara de Diputados de la Nación el proyecto que busca la creación del Departamento Federal de Lucha contra el Narcotráfico, que tendrá por objetivo prevenir, conjurar e investigar el narcotráfico en todas sus modalidades.

Los párrafos más destacados de los fundamentos de la iniciativa manifiestan que “El narcotráfico no es un delito más, se ha convertido en un delito de carácter trasnacional y es necesario alertar y concientizar de la necesidad de dar una respuesta organizada, profesional y coordinada, frente a este flagelo que representa una amenaza para toda la sociedad.
El narcotráfico es un delito que ha penetrado trágicamente en la mayoría de los países del mundo, actuando como multiplicador de delitos, estas redes por los tremendos volúmenes de recursos que manejan, se hacen muy difíciles de combatir, alterando profundamente la vida de los estados en que actúan.
Toda la sociedad lo padece generando víctimas y daños que se multiplican diariamente, sin diferencias de estrato social, condición económica o formación personal.
Este accionar delictivo aprovecha la situación de exclusión social, que padece nuestra sociedad; desarrollando su creciente actividad sobre los sectores de mayor marginalidad social, y que, en consecuencia potencia situaciones de injusticia e inequidad destruyendo a miles de familias argentinas.
Argentina ha dejado de ser un país de tránsito para convertirse en un territorio de elaboración y distribución de droga, generando un alarmante consumo sobre todo en los sectores jóvenes de nuestra sociedad.
Para ello es necesario comprender que, por su ubicación geográfica, nuestro país se encuentra cercano a los principales países donde se elabora y produce cocaína: Bolivia, Perú y Colombia.
Por eso es de vital importancia tomar la decisión política de ejercer un profundo y eficiente control fronterizo.
Dada esta complejidad es absolutamente prioritario encauzar una repuesta integral que no solo comprenda a todo el Territorio Nacional, sino en directa vinculación y articulación con las fuerzas encargadas de la investigación, persecución y represión de estos delitos en los países limítrofes.
Por eso también proponemos que el gobierno Nacional plantee la creación de un Centro Regional de Inteligencia Criminal contra el Narcotráfico, a los efectos de intercambiar información que permita un accionar común con nuestros Países hermanos.
Para ello es necesario crear una nueva fuerza altamente capacitada y profesionalizada, similar a la que cuentan otros países como EE.UU. Alemania o Francia, cuyas Fuerzas Federales de investigación y persecución del delito, están dotadas de gran capacidad operativa, altamente tecnificadas y en proceso de continua capacitación de sus hombres, conforme el creciente desafío que genera el delito que mueve la mayor cantidad de recursos ilegales en el mundo.
Es importante destacar el esfuerzo de las Provincias Argentinas que con muy pocos recursos pero muy preocupados por el crecimiento permanente de este delito, aportan sus propias investigaciones apuntalando los esfuerzos de la Justicia Federal.
Quiero destacar que en nuestra Provincia, el Gobierno Cordobés, ha creado una Fuerza Policial Antinarcóticos con su propio presupuesto que depende del Ministerio Público, siendo el Fiscal General de la Provincia el encargado de conducirla con la finalidad de perseguir los pequeños distribuidores que desarrollan su actividad en quiosco o cocinas de drogas de los barrios cordobeses.
Es importante destacar que los Organismos Internacionales vienen advirtiendo a nuestro País acerca del incremento de la producción y comercialización de drogas, lo que se refleja en un aumento significativo de los niveles de violencia e inseguridad en las ciudades de nuestro País.
El Departamento Federal de Lucha contra el Narcotráfico será el Organismo Gubernamental que definirá y ejecutará la Política Nacional de Lucha contra el Narcotráfico.
Será una Fuerza Federal de seguridad con jurisdicción en todo el Territorio Nacional, que contará con un cuerpo de agentes e investigadores especializados para prevenir, conjurar e investigar los delitos de narcotráfico.
El funcionamiento del Departamento Federal de Lucha contra el Narcotráfico tendrá control parlamentario a través de una Comisión Bicameral del Congreso de la Nación que monitoreará las políticas de combate del delito.
Necesitamos un organismo que pueda investigar y preparar el enjuiciamiento de los grandes infractores a las leyes de sustancias controladas que operan a nivel Nacional, y llevar adelante un Programa Nacional de inteligencia sobre drogas para recopilar analizar y difundir información estratégica y operacional sobre drogas.
Por la calificación de este delito, será siempre la Justicia Federal la encargada de recepcionar dirigir y juzgar todas las investigaciones que ese organismo lleve adelante.
El Estado debe asignar en forma estratégica los recursos necesarios para asegurar el desarrollo de esta Política de Estado.
Este proyecto de ley se funda en la necesidad de asumir con absoluta convicción, profesionalidad, capacidad operativa, inteligencia investigativa, fortaleza de conciencia, análisis permanente y actitud federal, un combate contra un delito que represente hoy el mayor desafío de inseguridad que afecta a todos los países del mundo, y que requiere de nosotros una respuesta coordinada, integral y efectiva conforme la enorme y creciente actividad delictiva que asola a todos los países del mundo”.

En la parte inicial de la faz resolutiva define: Art. 1: Crease el Departamento Federal de Lucha contra el Narcotráfico en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, organismo que tendrá a su cargo en forma exclusiva la coordinación y organización de la Lucha contra el Narcotráfico en todo el Territorio Nacional.
Art. 2: El Departamento Federal de Lucha contra el Narcotráfico se organizará geográficamente con delegaciones en cada una de las provincias de la República Argentina y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 3: El Departamento Federal de Lucha contra el Narcotráfico coordinará su accionar con las Fuerzas de Seguridad Federales y Provinciales, conforme las disposiciones legales vigentes, y para acceder al mismo sus miembros deberán cumplir un programa de capacitación compatible con las exigencias de una fuerza moderna de persecución del delito de narcotráfico.
Art. 4: El Departamento Federal de Lucha contra el Narcotráfico llevará a cabo sus programas de investigación y persecución del delito contra el tráfico ilegal de estupefacientes y sustancias psicotrópicas en base a los siguientes objetivos estratégicos: a) La aplicación de Inteligencia táctica en la evaluación de la información sobre acción legal inmediata y que pueda implicar arrestos, incautaciones e interdicciones.
b) El apoyo analítico a las investigaciones y enjuiciamientos llevados adelante por el Poder Judicial para desmantelar las organizaciones criminales.
c) El desarrollo de una Inteligencia estratégica sobre el tráfico de drogas que contemple desde el cultivo hasta la distribución, a los efectos de tomas de decisiones sobre gestión, despliegue de recursos y planificación de políticas”.
Art. 5: El Departamento Federal de Lucha contra el Narcotráfico tendrá las siguientes funciones: a) Prevenir, conjurar e investigar los delitos descriptos en las leyes que regulan la actividad de narcotráfico.
b) Recopilar, analizar y clasificar la información de inteligencia vinculada al narcotráfico
c) Colaborar en investigaciones de apoyo a los Organismos Judiciales competentes que trabajan en la lucha contra el narcotráfico.
d) Establecer y mantener estrechas relaciones de trabajo con todos los organismos nacionales e internacionales vinculados a la investigación e inteligencia del narcotráfico
e) Incrementar la eficiencia en la elaboración de informes, análisis, almacenamiento, recuperación e intercambio de información y llevar a cabo una revisión constante de los esfuerzos en la persecución de los delitos vinculados al narcotráfico.
f) Elaborar planes y programas contra la producción, tráfico y comercialización de estupefacientes y psicotrópicos, el control de precursores y sustancias químicas utilizables en la producción de drogas ilícitas.
g) Identificar y desmantelar laboratorios clandestinos y otros centros ilegales de procesamiento, fraccionamiento, empaquetamiento y distribución de narcóticos, conforme las disposiciones emanadas de los organismos judiciales correspondientes.
h) Crear y mantener una base única digital de información y estadística sobre la producción, el tráfico y la comercialización de estupefacientes, sustancias psicotrópicas y los precursores y sustancias químicas utilizables en la producción de drogas ilícitas.
i) Propender a la creación con los países de la región un Centro Regional de Inteligencia Criminal contra el Narcotráfico a los efectos de recopilar y difundir información relacionada con la droga, la participación de personas de distintas nacionales en su elaboración y comercialización y el contrabando de armas vinculado al narcotráfico.
j) Participar en la investigación de las actividades vinculadas con el blanqueo de activos financieros relacionados con el tráfico y comercialización de estupefacientes de acuerdo con la ley 25.246.
k) Colaborar con el Poder Judicial de la Nación, El Ministerio Público Fiscal y los Poderes Judiciales Provinciales en la investigación de causas penales vinculadas al tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, brindando además asistencia técnica.
l) Coordinar las tarea de inteligencia e investigación en el tráfico de estupefacientes y sustancias psicotrópicas con los Gobiernos Provinciales
m) Desarrollar programas de capacitación a miembros de las Fuerzas de Seguridad Federales y Provinciales en la investigación, inteligencia, obtención de pruebas y represión de los delitos vinculados al tráfico ilícito de estupefacientes.
En lo que hace a la organización, sostiene que Art. 6: La conducción del Departamento Federal de Lucha contra el Narcotráfico estará a cargo de un Director General con el rango de Secretario de Estado, que será designado por el Poder Ejecutivo Nacional con acuerdo del Senado de la Nación.
Art. 7: El Director General del Departamento Federal de Lucha contra el Narcotráfico durará cinco años en sus funciones.
Art. 8: Atribuciones: Corresponde al Director General del Departamento Federal de Lucha contra el Narcotráfico: a) Ejercer la conducción orgánica, siendo responsable de su organización en todos el Territorio Nacional, quedando bajo su responsabilidad la designación de los delegados en cada una de las Provincias.
b) Diseñar y ejecutar los programas de investigación y persecución del tráfico ilegal de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
c) Proponer por ante el Ministerio de Justicia de la Nación y coordinar los protocolos de actuación con las Fuerzas de Seguridad Nacionales y Provinciales y los programas de colaboración y cooperación recíproca con organismos internacionales.
d) Comparecer una vez al año por ante el Senado de la Nación a los efectos de brindar un informe sobre la gestión realizada y los programas a realizar a futuro.
e) El Director General será responsable de la organización administrativa y del personal a su cargo, como asimismo proponer los programas de capacitación permanente y jerarquización del personal de la Dirección.
En lo que refiere a la acción a desarrollar, determina que “Art. 10: El Departamento Federal de Lucha contra el Narcotráfico deberá desarrollar un Plan de Acción que contemple: a) La erradicación de los cultivos de Cannabis.
b) La detección y destrucción de los laboratorios clandestinos de estupefacientes y de sustancias psicotrópicas.
c) El control del abuso de medicamentos recetados.
d) El desarrollo de ciencias forenses vinculadas a estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
e) La investigación del lavado de dinero.
f) La determinación de áreas de tráfico de drogas.
g) El control de tráfico de estupefacientes, sustancias psicotrópicas y precursores químicos en las fronteras en forma conjunta con Gendarmería Nacional , Prefectura Naval Argentina y las Fuerzas de Seguridad Provinciales
h) Colaborar con los Programas de asistencia de víctimas y testigos que decidan los Jueces Federales de la Nación.
Art. 11: El Departamento Federal de lucha contra el narcotráfico tendrá seis áreas operacionales: a) Área Metropolitana (comprenderá la ciudad de Buenos Aires)
b) El Conurbado de la provincia de Buenos Aires incluida la ciudad de La Plata
c) Área Litoral (comprenderá las provincias de Entre Ríos , Corrientes y santa Fe)
d) Área Norte (comprenderá las provincias de Jujuy, Salta, Formosa, y Misiones)
e) Área Centro-norte (comprenderá las provincias de Tucumán, Chaco , La Rioja Catamarca y Santiago del Estero)
f) Área Cuyo (comprenderá las provincias de Mendoza, San Luis y San Juan)
g) Área Centro (comprenderá las provincias de Buenos Aires excepto el conurbano bonaerense, Córdoba, y La pampa)
h) Área Patagónica (comprenderá las provincias de Neuquén, Rio Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego)
Más adelante crea la Academia de Formación de Agentes del Departamento Federal de lucha contra el Narcotráfico la cual funcionará en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
Art. 18: Para la elaboración del Programa de Formación y Capacitación Profesional deberán ser convocados: Instituciones Universitarias de reconocida solvencia en Seguridad Publica, representantes del Ministerio de Seguridad, del Poder Judicial, de las Fuerzas de Seguridad, y personalidades especialistas en la investigación criminal de narcotráfico, tanto de nuestro país como del extranjero.
Art. 19: La carrera profesional en el Departamento Federal de lucha contra el Narcotráfico tendrá tres áreas específicas: a) Investigación de tráfico de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
b) Organización Operativa.
c) Persecución del blanqueo de fondos provenientes del narcotráfico y lavado de dinero.
Crea asimismo el Laboratorio de Investigación especializado en estupefacientes y sustancias psicotrópicas el cual estará a cargo de profesionales especializados en la materia.
Art. 23: En particular el Laboratorio deberá investigar sobre: a) Narcóticos: Heroína, Hidromorfona, Metadona, Morfina, Opio y Oxicodoma.
b) Estimulantes: Anfetaminas, Cocaína, Khat y Metanfetamina.
c) Depresivos: Barbitúricos, Benzodiazepinas, GHB y Rohyphol.
d) Alucinógenos: Éxtasis, K2, Ketamina, LSD, Mescalina, Psilocibina, Marihuana, Esteroides e Inhalantes.
Con el objetivo de control de la fuerza crea el Tribunal de Conducta, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, que tendrá a su cargo el juzgamiento de las conductas de los miembros del Departamento Federal de Lucha contra el Narcotráfico.
Art. 26: El Tribunal de Conducta estará integrado por tres miembros designados: uno por el Poder Ejecutivo Nacional , quien ejercerá la Presidencia del mismo y los dos restantes serán designados por el Poder Judicial de la Nación y por la Cámara de Diputados de la Nación”.

1 comentarios:

Blogger Jorge Horacio Paganitts ha dicho...

Es un grave error tratar de fijar tarifas politicas. Las mismas deben estar sujetas al real incremento de costos. Los politicos no tiene la mas minima idea, porque por lo general siempre vivieron del Estado. Los Gobiernos deben prestar atencion al cumplimiento de las pautas convenidas en cuanto a unidades, horarios, etc. y los empresarios deben tener su rentabilidad para poder prestar un servicio acorde a la misma. Todo aquello que no tenga la rentabilidad adecuada termina mal y en este caso el que termina mal es el usuario.

6 de mayo de 2014, 15:00  

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