Nombre:
Lugar: La Falda, Córdoba, Argentina

El titular ha superado los 25 años en la actividad periodística, habiendo participado de los medios gráficos de la región, ha sido director de medios radiales y ha hecho televisión, fue corresponsal de La Voz del Interior.

jueves, 12 de enero de 2012

Ampliaron la zona del radio céntrico faldense donde regirá la normativa de uso del espacio público facilitando el tránsito peatonal por veredas

El Concejo Deliberante de La Falda aprobó la modificación de la Ordenanza
Nro. 2318 / 2010 que establece el régimen de uso del espacio público. Cabe recordar que ésta regía en la zona comprendida por la Avenida Edén y Diagonal San Martín a fin de asegurar la libre circulación, la existencia de zonas de descanso y esparcimiento.
La ampliación de la norma alcanza las calles laterales y se fundamentó en “Que es necesario ampliar la zona definida por la ordenanza de manera de recuperar el espacio público y normalizar la situación de uso del mismo por parte de los frentistas”.
En función de lo cual se determinó que “Art. 1) MODIFICASE el artículo 1 de la Ordenanza 2318 / 2010 el cual quedará redactado de la siguiente forma: Se declara a las veredas de la diagonal San Martín en toda su extensión, a las veredas norte y sur de la avenida Edén, desde la avenida Kennedy (sur) y la Avenida ACA(norte) hasta la intersección con la calle Cassaffousth (sur) y Juan José Paso (norte), a las calles Meirovich, San Lorenzo, San Jerónimo, Meincke, Capital Federal, Rivadavia, Bahía Blanca, Moreno, La Plata, Saavedra, Av. Argentina y Jujuy, en sus veredas Este y Oeste, y entre calles 25 de Mayo y Sarmiento en sus veredas Sur y Norte y entre calles Av.Kennedy y Saavedra, como de libre accesibilidad y circulación peatonal.
Art. 2) MODIFICASE el artículo 3, inciso b de la ordenanza 2318 / 2010 el cual quedará redactado de la siguiente forma: Los locales con habilitación para uso “Gastronómico, bares y confiterías” ubicados en la Diagonal San Martín, Meirovich, San Lorenzo, San Jerónimo, Meincke, Capital Federal, Rivadavia, Bahía Blanca, Moreno, La Plata, Saavedra, Av. Argentina y Jujuy, entre calles 25 de Mayo y Sarmiento, y Sarmiento entre calles Av.Kennedy y Saavedra, que cumplan en todo con el artículo 2, podrán, mediante expresa autorización del Municipio, hacer uso del espacio público para la colocación de mesas, exclusivamente en el área que queda delimitada por el frente del local, dejando para libre circulación 1.20 mts desde la Línea Municipal hasta las mesas.
Art. 3) MODIFICASE el artículo 3, inciso d de la ordenanza 2318 / 2010 el cual quedará redactado de la siguiente forma: Los locales con habilitación para uso “Elaboración y venta de helados propia o franquicia” ubicados en la Diagonal San Martín, Meirovich, San Lorenzo, San Jerónimo, Meincke, Capital Federal, Rivadavia, Bahía Blanca, Moreno, La Plata, Saavedra, Av. Argentina y Jujuy, entre calles 25 de Mayo y Sarmiento, y Sarmiento entre calles Av.Kennedy y Saavedra que cumplan en todo con el artículo 2, podrán, mediante expresa autorización del Municipio, hacer uso del espacio público para la colocación de mesas, exclusivamente en el área que queda delimitada por el frente del local, dejando para libre circulación 1.20 mts desde la Línea Municipal hasta las mesas”.


Horario de Peatonal: 21.00 a 02.00 Hs.

Estacionamiento Medido: 09.00 a 21.00 Hs., inicialmente solo sobre Av. Edén. Costo: $3 la hora. Resto: “Naranjitas” con pago a voluntad.

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