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Lugar: La Falda, Córdoba, Argentina

El titular ha superado los 25 años en la actividad periodística, habiendo participado de los medios gráficos de la región, ha sido director de medios radiales y ha hecho televisión, fue corresponsal de La Voz del Interior.

viernes, 1 de octubre de 2010

Confrontan con la polémica Ordenanza aprobada y anticipan recursos judiciales

El aprobado de una Ordenanza que regula el uso del espacio público sobre Av. Edén y Diag. San Martín produjo la reacción de vecinos que se sienten discriminados y perjudicados en el ejercicio de la actividad comercial. La oposición se negó a acompañar la normativa a la que considero doblemente discriminatoria. Se presentarían recursos judiciales para que la normativa se revea.

La última sesión del Concejo Deliberante faldense estuvo signada por el tratamiento de una Ordenanza de Uso del Espacio Público dirigida a regir en la zona céntrica que se encuentra en remodelación.
El documento original, proveniente del Poder Ejecutivo, imponía que “Art. 1 - Se declara a las veredas de la calle Diagonal San Martín en toda su extensión, y Norte y Sur de la Avda. Edén, desde la Avda. España Sur y ACA Norte, hasta la intersección con la calle Cassafousth Sur y Juan José Paso Norte, de libre accesibilidad y circulación peatonal.
Art. 2 - Dichas veredas mencionadas en el Art. 1 deberán estar libres de todo obstáculo, apoyo de marquesinas, cartelería, señalización comercial y exhibición de productos y objetos por todo su ancho y por una altura mínima de tres metros.
Art. 3 - Sólo podrán hacer uso del espacio público los locales comerciales que cumplan en un todo con el Art. 2 de la presente Ordenanza y tengan las condiciones que a continuación se enumeran: a) los locales con habilitación para uso gastronómico y que cumplan en un todo con el Art. 2 podrán mediante expresa autorización del municipio hacer uso del espacio público para la colocación de mesas, exclusivamente en el área que queda delimitada por el frente del local y desde la línea externa de losetas pluviales hasta el nuevo cordón, aproximadamente 2,30 metros. B) Los locales con habilitación de uso para florería y los expendios de diarios y revistas que cumplan en un todo con el Art. 2 podrán mediante expresa autorización del municipio hacer uso del espacio público para la colocación de escaparates adecuados para la exposición de sus productos, previa aprobación de los mismos por la Secretaría de Planificación del municipio, exclusivamente en el área que queda delimitada por el frente del local y desde la línea externa de losetas pluviales hasta el nuevo cordón, aproximadamente 2,30 metros.
Art. 4 - Todos los locales comerciales que contravengan el Art. 2 al momento de la sanción de la presente Ordenanza tendrán un plazo de 30 días para proceder a su retiro.
Art. 5 - En caso de detectarse obstáculos, apoyo de marquesinas, cartelería o señalización comercial obsoleta y/o que se encuentren abandonados y/o pertenezcan a comercios ya no existentes, la municipalidad intimara al retiro de los mismos, sancionando en caso de ser pertinente y localizable al infractor, de no ser localizable el infractor resultará responsable el propietario del inmueble donde tenga asiento dicha estructura haciéndose pasible de la multa en caso de no retirarlo”.
El Art. 6 estaba dirigido a autorizar al Poder Ejecutivo a reglamentar las multas correspondientes, lo que finalmente fue eliminado del proyecto. En el que también se hace constar que aquellos comercios que desarrollen actividades de tipo gastronómico pero que no tengan atención al público con mesas en su interior, tampoco lo podrán hacer sobre la vereda.

Así las cosas, las primeras modificaciones fueron introducidas por el bloque oficialista que incluyó dentro de las excepciones ya dispuestas a bares, confiterías y heladerías, en el caso de Diag. San Martín dejando para libre circulación 1,20 metros desde la línea municipal hasta las mesas instaladas, y sobre Av. Edén mantener el criterio que se había expuesto como general en el ordenamiento de la Ordenanza.

La participación de algunos vecinos produjo una de las primeras discusiones cuando se planteó que parecía poco serio que se estuviese legislando sólo para el sector en construcción y que se discriminará a comerciantes ubicados sobre esa traza, cuando el resto del radio céntrico no era alcanzado por la normativa.
A Héctor Mendoza se le escuchó decir “es una medida arbitraria, si no tengo algo de propaganda la gente pasa y no se entera de la existencia de mi comercio de turismo porque está en una galería, he recibido la orden de retirar la cartelería y vengo a defender mi derecho, es una medida discriminatoria porque las flores pueden estorbar y los diarios también, lo que pido es que se contemple la situación y no se nos perjudique en nuestra labor comercial. Creo que nos asiste el mismo derecho que a aquellos a los que se les ha hecho excepción. Pido que se defina que tipo de carteles se pueden exponer y estoy dispuesto a pagar el arancel correspondiente por la exhibición. No estoy pidiendo un imposible, sólo que se legisle qué tipo de cartel colocar que no ha de estorbar ni generar un impacto visual negativo”. Otro vecino asistente sostenía que la ordenanza era acotada, porque existían otros casos, como el de las quinielas, que están obligadas a exhibir en forma pública los resultados y que a través de la normativa se impedía esa orden al no poder instalarlos sobre la vereda o apoyarlos. Como también que resultaba ilógico que a dos pasos de las calles mencionadas, si se pudiese hacerlo.
Planteos que posteriormente fueran respaldados por el bloque opositor que sostuvo la existencia de una doble discriminación, por un lado el de la excepción para ciertos comercios y segundo que el alcance quedará delimitado a la parte que se remodela.
Pero, lo realmente interesante llegó después, cabe destacar que el debate de estos cuatros artículos llevó alrededor de dos horas, cuando desde el propio bloque oficialista se plantearon cuestiones relativas a los comercios instalados en galerías para los cuales se planteaba que al menos deberían tener un espacio en la vía pública para exponer las actividades comerciales que se desarrollaban dentro de las mismas. Lo que quedo trunco por decisión de la mayoría.

Lo que pudo notarse en el bloque oficialista, lo que a nadie debe sorprender, es que desconocían en absoluto lo que estaban tratando, a extremo de sostener que el proyecto no les era propio y que venía del Ejecutivo, a no poder dar una respuesta atinada sobre la cartelería a erigirse a futuro, mientras decían que había que retirar la actual a tenor de la Ordenanza que aprobaban, pero que desconocían cuándo y si se trataría un modelo especifico, que en definitiva el tema era merecedor de otra Ordenanza.

En síntesis, un verdadero papelón que necesariamente tendrá que reverse, y que es el producto de la liviandad con que el gobierno municipal ha encarado la tarea de remodelación del eje del radio céntrico. Como buenos necios, la cosa para ellos se inicia y concluye en lo que estiman puede darles un rédito electoral, del resto se encargan, así, con total improvisación, sin el más mínimo sustento y dejando totalmente de lado los intereses de los vecinos.

Hay que tener en cuenta que está es la primera Ordenanza relativa a ordenamiento de una ciudad a la que se le cambia el perfil a través de la obra pública, y que dicha transformación a de proveer de temas más controversiales que el que venimos tratando, es de esperar que este papelón inicial active las neuronas de quienes toman las decisiones para, al menos, tener debates serios y razonables, y no continuar confrontando con al autismo impuesto por mayoría.

Cabe apuntar que sobre el cierre de está edición, Héctor Mendoza anticipaba la presentación de un recurso Judicial a los fines de que se revea lo recientemente normado.

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